Acuerdo 317 - Deléguense facultades al/la Gerente Institucional de Promoción Cultural de la Defensa

Número de Boletín932
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2016

Ricardo Patiño Aroca

MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

Considerando:

Que, el artículo 154 de la Constitución de la República, establece: "A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1.- Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que, el artículo 3 número 7 de la Norma Suprema establece como uno de los deberes primordiales del Estado el proteger el patrimonio natural y cultural del país;

Que, conforme dispone el artículo 2 de la Ley de Patrimonio Cultural, el Ministro de Defensa Nacional o su delegado, integra el Directorio del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural;

Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva -ERJAFE-, señala que "los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales.- Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y...

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