Delitos tributarios como actos criminales previos al delito de lavado de activos
Autor | Fidel Nicolás Mendoza Llamacponcca |
Cargo | Investigador Jurídico USIL y profesor Universitario, https://orcid.org/0000-0001-6809-4187 |
Páginas | 255-296 |
255Revista Facultad de Jurisprudencia RFJ No.3 Junio 2018
Delitos Tributarios como Actos Criminales pre-
vios al Delito de Lavado de Activos
Tax Crimes as Criminal Acts previous to the Crime of
Money Laundering
Dr. Fidel Nicolás Mendoza Llamacponcca, PhD
Investigador Jurídico, USIL y profesor Universitario
Artículo Original (Investigación)
RFJ, No. 3, 2018, pp. 255-296, ISSN 2588- 0837
RESUME N: a nivel de los países latinoamer icanos, se ha dado releva ncia
al carácter de “delito previo” de los delitos tributarios, const ituyendo
uno de los principales actos delictivos que dan base al lavado. En ese
sentido, el presente documento explora la s implicancias (debilidades
a ser superadas) de este contexto específ ico para el desar rollo y
fortalecim iento del sistema jur ídico penal.
PALABRAS CLAVE: delitos tributa rios, actos criminales, lavado de
activos, derecho penal , “soft law”.
AB STR ACT: for Lati n American countries, the cha racter of a “prior
crimes” of tax crimes has become relevant, representing one of the
main cri minal acts that provide the basis for money laundering. T his
document explores the impl ications (weaknesses to be overcome) of
this speci fic legal scena rio for the development and strengthening of
the crimi nal justice system.
KEY WORDS: tax crime, criminal action, money laundering, criminal
law, soft law
INTRODUCCIÓN
En la versión del 2003 de las recomendaciones del Gr upo de Acción
Financiera Internacional (GAFI), de modo similar a l a reformulada el
2012, el GAFI propuso a los Estados incluir la má s “amplia gama” de
delitos subyacentes que puedan dar base al bla nqueo de bienes. Esta
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institución publicó sus recomendaciones revisadas el 16/Feb/2012,
bajo el título “Estándares internacionales sobre la lucha contra el lavado
de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación”203. Entre los
aspectos novedosos de la revis ión de las recomendaciones del GAFI de
2012, se tiene la incorporación por vez primera de los delitos tribut a-
rios como hechos delictivos precedentes susceptibles de constituirse
en delito fuente del lavado de activos 204–. En el ámbito internacional,
dicha disposición carece de precedente expreso en las Convenciones
de las Naciones Unidas sobre la m ateria –en estas normas de hard law
únicamente se había establecido que los Estados debía n asegura r que
el delito de lavado sea tipificado, en sus legislaciones, abarcando la
“más amplia g ama posible” de delitos fuente–.
Las recomendaciones del GAFI constituyen disposiciones de soft
law, por tanto, no obligatorias, desde la perspectiva jurídica –como
sí lo son las Convenciones internacionales o hard law–. No obstante,
sus estánd ares antil avado y procedimientos de seguimiento o eva-
luaciones mutuas en sus países miembros, tienen de facto un poder
político que resulta i neludible. La comunidad internac ional, con rela-
ciones de cooperación estrecha s y supervisadas , se encuentra vincu-
lada políticamente a objetivos comunes, entre ellos, la lucha contra
el lavado de activos y la financiación del terrorismo o de la prolife-
ración de armas de des trucción masiva. En tal sent ido, la instituc ión
más import ante en el seguimiento político intern acional del nivel de
cumplimiento de estos estándares i nternacionales, sin duda, lo es el
GAFI. A tal punto que se encuentra premunido de facu ltades para
calific ar a los países que no ajusten sus legi slaciones a los estándares
que ha establecido, como países deficientes en el control antilavado
o, incluso, como países no coope rantes (conformando las denom ina-
das “listas grises” o “listas negras”)205.
El debate relativo a la incorporación de los delitos t ributarios como de-
litos fuente en la Recomendaciones del GAFI, es oportuno precisar, fue
decidido como consecuencia de la reu nión plenaria de esta institución
203 En:http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/pdfs/FA-
TF-40-Rec-2012-Spanish.pdf.
204 Cassani, U. (2013), L’infraction fiscale comme crime sous-jacent au blanchiment
d’argent: considérations de lege ferenda, en RSDAMF, Vol. 85, Nº 2, Zürich, Schul-
thess Verlag. 18.
205 Durrieu Figueroa, R. (2013), El delito tributario y el lavado de activos, en Alterini,
J. (dir.), La Ley, Año LXXVII, Nº 87, 14 de mayo, Buenos Aires. 1.
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realizada en octubre de 2009. Para aquell a data los estánd ares vincu la-
dos al lavado de activos había n sido reformulados el 2003, m ientras que
los relativos al financiamiento del terrorismo lo fueron el 2008. En t al
sentido, en el plenario de 2009, el GAFI acordó una lista de temas a ser
considerados en la preparación de la c uarta ronda de evaluaciones mu-
tuas que se desa rrollaría en dos fase s, durante un período de dos años206.
La primera fase207 de la discusión diri gida a la revisión de los estánda -
res internaciona les del GAFI incluyó fund amentalmente la siguiente
temática: el enfoque ba sado en el riesgo y su vincul ación con las Reco-
mendaciones 1 (particu larmente, los delitos tributar ios como delitos
susceptibles de da r base al lavado de activos), 5 (medidas de diligencia
debida relativas al cl iente), 6 (personas expuestas políticamente) y la
9 (la delegación –por parte de las i nstituciones financieras– de debe-
res de identificación y conocim iento del cliente a favor de terceros
intermediarios). El documento emitido como consecuencia de esta
primera fase de d iscusiones, precisa Blanco Cordero208, f ue sometido a
consulta pública h asta enero de 2011.
La segunda fase209 se llevó a cabo entre octubre de 2010 y junio de
2011, examiná ndose, entre otros aspectos, los siguientes: el enfoque
basado en el riesgo en materia de supervi sión, la propiedad efectiva
de activos o titula ridad real, incluyendo las Recomendaciones 5 (pro-
cedimientos de dil igencia debida), 33 (medidas de transparencia de
las personas j urídicas) y 34 (medidas de tra nsparencia de estructu ras
jurídicas como los fideicomisos), las personas expuesta s políticamen-
te, la protección de datos y privacidad. Así t ambién, la cooperación
internacional en el contexto de la Recomendación 40 (medidas com-
plementación de ayuda y colaboración interg ubernamental) y la apli-
206 Financial Action Task Force (2010), Consultation Paper. The Review of the Stan-
dards - Preparation for the 4th Round of Mutual Evaluations, October 2010, GAFI/
OECD. 3. Disponible en: http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/public-
consultation/First%20public%20consultation%20document.pdf.
207 Financial Action Task Force (2011), Consultation Paper. The Review of the Standards
- Preparation for the 4th Round of Mutual Evaluations. Second public consultation,
June 2011, GAFI/OECD. 4. Disponible en: http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/do-
cuments/publicconsultation/Second%20public%20consultation%20document.pdf.
208 Blanco Cordero, I. (2015), El delito de blanqueo de capitales, 5ª ed., Navarra, Aranza-
di. 468.
209 Financial Action Task Force (2011), Consultation Paper.... 4.
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