El derecho a la desobediencia civil en la legislación ecuatoriana

AutorMarco Chininín Macanchí
Cargo del AutorProfesor de Derecho Facultad de Jurisprudencia Universidad de Guayaquil
Páginas73-105
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El derecho a la desobediencia civil
en la legislación ecuatoriana
SUMARIO: I. Introducción. II. Hacia una def‌inición del Derecho a la Des-
obediencia. III. El Problema de la Desobediencia. IV. Características de
la Desobediencia Civil. V. Semejanza s y Diferencias de la Desobedien-
cia Civil con conceptos Af‌ines. VI. El efecto de la Desobediencia Civil.
VII. Argumentos a Favor de la Desobediencia Civil. VIII. Los Seguidores
de la Desobediencia Civil. IX. Pensadores Contemporáneos que def‌ien-
den la Desobediencia Civil. X. Aplicación Constitucional del Derecho
a la Desobediencia en el Ecuador. XI. Conclusiones. XII. Bibliografía.
RESUMEN La desobediencia civil no sólo se limita a ser un espacio de
ref‌lexión sobre el abuso de poder, constituye el ejercicio de un dere-
cho pleno de participación, el ciudadano cuestiona con su acción una
decisión judicial que estima vulnera sus derechos fundamentales, lo
cual signif‌ica un cuestionamiento mismo de la normativa que rige el
sistema democrático.
El ejercicio del poder conlleva la necesidad de crear acuerdos entre
mayorías y minorías, la organización colectiva es el escenario que
permite el surgimiento de la desobediencia civil, la cual se constituye
en una acción ciudadana que busca crear democracia directa entre el
poder y las personas, por tanto, es un nivel superior a la objec ión de
conciencia que cuestiona el valor de los actos a realizarse, superando
a la resistencia civil que desacata la orden de la autoridad competente.
PALABRAS CLAVE Constitución; Desobediencia Civil; Resistencia Civil;
Objeción de Conciencia; Ciudadanía.
DR. MARCO CHININÍN MACANCHÍ, PHD.
Profesor de Derecho
Facultad de Jurisprudencia
Universidad de Guayaquil
CUESTIONES DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y SOCIAL EN EL ECUADOR
MARCO CHININÍN MACANCHÍ
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ABSTRACT e Civil disobedience is not only limited to being a space
for ref‌lection on the abuse of power, it constitutes the exercise of
a full right of participation, the citizen questions with his action
a corut decision that he considers violates his fundamental rights,
which means a very questioning of the rules governing the demo-
cratic system.
e exercise of power entails the need to create agreements between
majorities and minorities, collective organization is the speace io that
allows the emergence of civil disobedience, which is constituted by
citizen action that seeks to create direct democracy between power
and individuals, therefore, is a higher level to conscientious objection
that questions the value of acts to be performed, overcoming the civil
resistance that disregards the order of the competent authority.
KEYWORDS Constitution; Civil Desobedience; Civil Resistence; Consci-
entious Objection; Citizenship.
I. Introducción
La visión de la actual Constitución del Ecuador es holística, lo cual su-
pone que prioriza el desarrollo armónico del ser humano, por ende, el Estado
busca garantizar protección y calidad de vida al ciudadano a través del cum-
plimiento de los Derechos del Buen Vivir, a través de los mismos se aspira
satisfacer las diversas necesidades de las personas, de igual manera sucede
con los derechos contemplados en el Título II referentes a la libertad, a la par-
ticipación y a la protección entre otros tantos que se encuentran declarados.
El Texto Constitucional también consagra la participación y organi-
zación del poder, es decir, busca crear condiciones efectivas para que el
ciudadano pueda tener una mayor representación democrática en el Esta-
do, lo cual es posible a través de principios que promuevan una verdadera
iniciativa ciudadana de la sociedad civil en las diversas actividades del país,
así como en las diversas actividades que se generan en las diversas funcio-
nes estatales.
Lo antes expuesto, se valida plenamente porque el artículo 96 de la
Constitución Ecuatoriana valida la organización colectiva como un ele-
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mento articulador dentro de la participación y organización del poder, lo
cual permite al ciudadano llegar al ejercicio formal de sus acciones de recla-
mación a la autoridad competente por actos o decisiones ilegales, los cuales
llegan a vulnerar los diversos derechos y garantía de las personas; lo antes
descrito, es el escenario antes descrito valida constitucionalmente y legiti-
ma la existencia de la objeción de conciencia, resistencia civil y desobedien-
cia civil como formas de conciencia ciudadana frente al reclamo y lucha por
el restablecimiento de derechos y principios en el sistema democrático.
La objeción de conciencia consagrada en el artículo 66 numeral 12do
de la Constitución tiene un enfoque de identidad, quien la invoca busca
crear un espacio de ref‌lexión para que otras personas lleguen a valorar y
analizar su actuación, respecto a determinada actuación, en tanto que la re-
sistencia civil de acuerdo al artículo 98 del referido Texto lucha contra las ac-
ciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas
no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales.
Tanto la objeción de conciencia como la resistencia civil son supe-
radas por la desobediencia civil, esta no sólo cuestiona un valor de con-
vivencia social, ni tampoco se limita a la búsqueda de la reparación de un
derecho, el desobediente busca con su acción expresar que una norma legal
vulneró derechos fundamentales de las personas o de la institucionalidad
misma del Estado, por esa razón se niega a obedecer e incluso acepta ser
sancionado, aun cuando llegase a pasar lo antes indicado, quien invoca la
desobediencia civil sabe que su sola actuación signif‌ica un espacio de re-
f‌lexión moral y ética sobre las actuaciones estatales para la colectividad.
La desobediencia civil debe ser entendida como un avance de la orga-
nización de la sociedad, no puede ser vista como un simple desacato a la ley
o la autoridad por parte del desobediente, este es un mecanismo efectivo
por el cual el ciudadano tiene la iniciativa de cuestionar un mandato de
carácter ilegal, así como su visión de la realidad. Este nivel de participa-
ción democrática debe ser entendida como un proceso de autodetermina-
ción de un sector de la colectividad, a través de esta práctica se busca crear
conciencia en la sociedad sobre el derecho violado o la norma infringida;
esta forma de protesta legal signif‌ica en primer término un acto contra la
decisión emitida por el gobierno o una autoridad judicial competente, la
ley no deja de ser para quien protesta el eje motor de la sociedad, discrepa
pacíf‌icamente de la forma de entender o aplicar la norma.

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