Derecho Regulatorio

AutorFelipe Samaniego
Páginas24-25
Industria Legal
DERECHO
felipe@corralrosales.com
Felipe Samaniego
Robles E4-136 y Av. Amazonas, Edificio Proinco Calisto, piso 11, Quito
www.corralrosales.com
El 09 de junio de 2021 el Presidente de la
República Guillermo Lasso Mendoza, emitió el
Decreto Ejecutivo No. 68, en el cual declara
como política pública prioritaria la facilitación
al comercio, la promoción y atracción de
inversiones mediante el fomento de la
competitividad, la aplicación y ejecución de
buenas prácticas regulatorias y la
simplificación, eficiencia y transparencia de los
proceso administrativos. Uno de los
principales objetivos de este decreto es la
simplificación de trámites y la eliminación de
trabas de carácter regulatorio, ya que existen
un sinnúmero de regulaciones que generan
duplicidad de controles y requisitos
innecesarios. Para lo cual, el artículo 3 del
Decreto Ejecutivo establece el termino de 30
días para que se elabore un plan de acción y
ejecución de: a) simplificación de trámites,
procedimientos y procesos. , b)
Implementación y priorización de los controles
posteriores (expost), c) Armonización y
uniformidad de los trámites y regulaciones
vigentes en el ordenamiento jurídico
ecuatoriano, con los instrumentos
internacionales suscritos y ratificados por el
Ecuador. Esto incluye eliminar la duplicidad
normativa en los diferentes trámites,
procedimientos y procesos, y , d)
Implementación y fortalecimiento de Buenas
Prácticas Regulatorias (BPR).
Entre las medidas que se han tomado
hasta el momento como consecuencia de este
Decreto Ejecutivo, se encuentra la Resolución
No. 009 – 2021 del Pleno del Comité de
Comercio Exterior, vigente desde el 01 de
agosto de 2021, la cual en línea con lo
establecido en el artículo 8, reforma el arancel
de 667 partidas de materias primas, bienes de
capital e insumos productivos.
Art. 8.-El Ministerio de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca en el término de 30
días, presentará ante el Pleno del Comité de
Comercio Exterior (COMEX) la propuesta de reforma
arancelaria, especialmente de materias primas,
insumos y bienes de capital para mejorar la calidad
de vida de los ecuatorianos y fortalecer la
competitividad del agro y la industria del país, dentro
de la cual se podrán revisar tanto tarifas
arancelarias, así como aperturas arancelarias o
simplificación de aranceles.
Por otro lado, el Pleno del Comité de Comercio
Exterior adopto la resolución No. 010-2021, a través
de la cual se eliminan de la nómina de productos
sujetos a la presentación de Documentos de Control
Previo de Importación a 1.862 subpartidas
arancelarias. Esta resolución fue adoptada por el
Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX), en
sesión del 22 de julio de 2021 y, entrará en vigencia
en sesenta (60) días hábiles, contados a partir de su
publicación en el Registro Oficial, a excepción de las
subpartidas correspondientes a los Reglamentos
Técnicos Ecuatorianos de etiquetado de textiles,
calzado y marroquinería, siendo su entrada en
vigencia el 15 de noviembre de 2021.
REGULATORIO
Con el Decreto Ejecutivo No. 68 se
busca la facilitación al comercio
nacional, el fomento a la producción
y la simplificación de trámites .

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