Acuerdos 2017-008. Dese por terminado la subrogación constante en el Acuerdo Ministerial Nro. 2017-007 de 23 de enero de 2017

Número de Boletín953
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Minería
Miércoles 1º de marzo de 2017 – 13Registro Of‌i cial Nº 953
especiales. Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de
su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes
al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios
al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y
cuando las delegaciones que concedan no afecten a la
buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin
perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que
de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario
delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se
ref‌i ere este artículo serán otorgadas por los Ministros
de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que
será puesto en conocimiento del Secretario General de la
Administración Pública y publicado en el Registro Of‌i cial.
El funcionario a quien el Ministro hubiere delegado sus
funciones responderá directamente de los actos realizados
en ejercicio de tal delegación”.
Que, el artículo 3 del Acuerdo Ministerial N° 2015-042 de
01 de octubre de 2015, delega las atribuciones y deberes de
la Subsecretaría Regional Minas Sur Zona 7, al abogado
Jalil Josue Borrero Salgado, en calidad de Subsecretario
Regional de Minas Sur- Zona 7.
Que, con memorando Nro. MM-SZM-S-2017-0045-ME de
19 de enero de 2017, el abogado Jalil Josué Borrero Salgado,
Subsecretario Zonal de Minería Sur- Zona 7, solicita al
ingeniero Galo German Armas Espinoza, Viceministro de
Minería, autorizar licencia con cargo a vacaciones del 23 de
enero hasta el 01 de febrero de 2017.
Que, mediante memorando Nro. MM-VM-2017-0024-
ME de 23 de enero de 2017, el ingeniero Galo German
Armas Espinoza, Viceministro de Minería, solicitó al señor
Ministro, Javier Felipe Córdova Unda, aprobación para
la correspondiente subrogación al cargo de Subsecretario
Zonal de Minería- Zona Sur, al ingeniero Juan Carlos
Ochoa Ramón, desde el 23 de enero hasta el 01 de febrero
de 2017.
Que, en atención a la sumilla inserta en la hoja de ruta del
Sistema Documental Quipux del memorando precedente, el
señor Ministro Javier Córdova Unda, autorizó a la ingeniera
Fernanda Sabrina Erazo Guaigua, Coordinadora General
Administrativa Financiera, proceder con la Subrogación
al cargo de Subsecretario Zonal de Minería- Zona Sur, al
ingeniero Juan Carlos Ochoa Ramón.
EN EJERCICIO de las atribuciones que le conf‌i ere el
del Estado, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar las atribuciones y deberes de
la Subsecretaría Zonal de Minería Sur, en calidad de
Subsecretario Zonal, Subrogante, al ingeniero Juan Carlos
Ochoa Ramón, servidor de esta Cartera de Estado, desde el
23 de enero de 2017 hasta el 01 de febrero de 2017.
Artículo 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo
17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva, póngase en conocimiento del señor
Secretario General de la Administración Pública el presente
Acuerdo Ministerial.
Artículo 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad Quito, D.M., a los 23 días del mes de
enero de 2017.
f.) Javier Córdova Unda, Ministro de Minería.
MINISTERIO DE MINERÍA.- CENTRO DE
DOCUMENTACIÓN.- Es f‌i el copia del original.- Fecha:
31 de enero de 2017.- Firma: Ilegible.
Nº 2017-008
Javier Córdova Unda
MINISTRO DE MINERÍA
Considerando:
Ecuador, publicada en el Registro Of‌i cial Nº 449 de 20
de octubre de 2008, dispone: “A las ministras y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
de área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”.
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte
de la Iniciativa Privada establece: “Cuando la importancia
económica o geográf‌i ca de la zona o la conveniencia
institucional lo requiera los máximos personeros de las
instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u
of‌i cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones”.
Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, manda: “Cuando por disposición de la Ley o
por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto
del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre
legalmente ausente”.
Que, el artículo 270 del Reglamento General de la Ley
Orgánica del Servicio Público, establece: “A efectos de la
subrogación se deberá cumplir con los requisitos del puesto
a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las
funciones correspondientes al puesto subrogado”.

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