Acuerdo SENESCYT-2017-036 - Desígnense atribuciones y responsabilidades a las siguientes personas: Gerente del Proyecto de Reconversión de la Educación Técnica y Tecnológica Superior Pública del Ecuador
| Fecha de disposición | 28 Abril 2017 |
| Fecha de publicación | 28 Abril 2017 |
| Número de registro | SENESCYT-2017-036 |
| Sección | Acuerdos |
| Número de Gaceta | 994 |
| instrumentation | Acuerdos |
32 – Viernes 28 de abril de 2017 Registro Ofi cial Nº 994
Que el literal j) del numeral 11.1.1 del artículo 11
del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, establece entre las Atribuciones y
Responsabilidades del Secretario/a de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, la siguiente: “j) Expedir
y suscribir los instrumentos jurídicos necesarios en el
cumplimiento de deberes y obligaciones de la Secretaría de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación;”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 934, de fecha 10 de
noviembre de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado, designó
a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
mismo que fue ratifi cado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo No. 2 del 24 de mayo de 2013, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Ofi cial No. 5 del 31 de
mayo de 2013;
Que mediante Ofi
cio Nro.MCYP-MCYP-17-0060-O, de
fecha 25 de enero de 2017, Raúl Vallejo Corral, Ministro de
Cultura y Patrimonio convoca a Sesión Extraordinaria de
la Comisión de Apoyo al Régimen Integral de Educación
y Formación en Arte, Cultura y Patrimonio (REIFACP) del
Consejo Sectorial de Talento Humano y Conocimiento, la
cual se llevará a cabo el 27 de enero de 2017 a partir de
las 09H30, en el piso 18 del Ministerio Coordinador de
Conocimiento y Talento humano; y,
Que es necesario designar un/a servidor/a de esta Cartera
de Estado como delegado/a para que represente al señor
Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación, en la Sesión Extraordinaria de la Comisión
de Apoyo al Régimen Integral de Educación y Formación
en Arte, Cultura y Patrimonio (REIFACP) del Consejo
Sectorial de Talento Humano y Conocimiento.
En ejercicio de las atribuciones que le confi eren el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al señor Luis Cuji, Subsecretario
de Formación Académica, a fi n de que represente a la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación en la Sesión Extraordinaria de la Comisión
de Apoyo al Régimen Integral de Educación y Formación
en Arte, Cultura y Patrimonio (REIFACP) del Consejo
Sectorial de Talento Humano y Conocimiento, la cual se
llevará a cabo el 27 de enero de 2017, en el Ministerio
Coordinador de Conocimiento y Talento humano.
Artículo 2.- El señor Luis Cuji será responsable del
cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades
inherentes a la presente delegación.
Artículo 3.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo al señor Luis Cuji, Subsecretario de Formación
Académica, así como al Consejo Sectorial de Talento
Humano y el Conocimiento.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial.
Dado, en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
veintiséis (26) días del mes de diciembre de 2016.
Notifíquese y publíquese.
f.) René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.- Coordinación General
de Asesoría Jurídica.- 06 de marzo de 2017.- Firma:
Ilegible.- Fiel copia del original que reposa en el archivo de
esta Coordinación.
No. SENESCYT, 2017-036
René Ramírez Gallegos
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Co̧nsiderando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, determina que a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión”;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador, señala que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.”;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República
del Ecuador, prescribe: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planifi cación, transparencia y evaluación.”;
Que el artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación
Superior, publicada en el Registro Ofi cial Suplemento
No. 298, de 12 de octubre de 2010, establece que: “La
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto
ejercer la rectoría de la política pública de educación
superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y
las instituciones del Sistema de Educación Superior. (…)”;
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