Resoluciones. DGAC-DGAC-2020-0109-R Amplíese el plazo de cierre de las EODs

Número de Boletín343
SecciónResoluciones
EmisorResolución
Jueves 3 de diciembre de 2020 – 19Registro Ocial Nº 343 – Segundo Suplemento
Resolución Nro. DGAC-DGAC-2020-0109-R
Quito, D.M., 02 de noviembre de 2020
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador preceptúa: "Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley...”;
Que, el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo determina que "Las máximas
autoridades administrativas tienen competencia normativa de carácter administrativo
únicamente para regular los asuntos internos del órgano a su cargo (...)",
Que, el artículo 161 ibidem, establece en su inciso primero que Las administraciones
públicas, salvo disposición en contrario, de oficio ...y siempre que no perjudiquen
derechos de una tercera persona, pueden conceder la ampliación de los términos o
plazos previstos que no excedan de la mitad de los mismos...”;
Que el artículo 77, numeral 1. literal e), de la Ley Orgánica de la Contraloría General del
Estado, seña la que las máximas autoridades de las instituciones del Estado son
responsables de los actos, contratos Resoluciones emanados de sus autoridades y
establece para estas, entre otras atribuciones y obligaciones específicas la de: "... e)
Dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el
eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones”;
Que el artículo 5 de la Codificación de la Ley de Aviación Civil, establece que el Director
General de la DGAC, es la máxima autoridad de la entidad;
Que, el numeral 1 Generales, literal a), del artículo 6 de la misma ley, estipula que el
Director General de Aviación Civil es el representante legal, judicial y administración, de
esa institución;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 728 de 29 de abril de 2019, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, designó: “...al señor Anyelo Patricio Acosta
Arroyo como Director General de Aviación Civil”;n n Que, a través de la Resolución No.
DGAC-YA-2020-0041-R de 29 de mayo de 2020, la máxima autoridad administrativa de
la institución expidió el ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓNORGANIZACIONAL
POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL,
modificando su estructura organizacional, estableciendo las dependencias que a la fecha
aún siguen vigentes dentro de la entidad, incluyendo a nuevas y suprimiendo otras;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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