Acuerdos. DGAC-DGAC-2021-0017-A Modifíquese a la compañía AIR CANADA, la cláusula TERCERA del Acuerdo No. 006/2021 de 04 de febrero de 2021, otorgado por el Consejo Nacional de Aviación Civil y modificado con ACUERDO Nro. DGAC-DGAC-2021-0011-A de 29 de junio de 2021, por la Dirección General de Aviación Civil

Número de Boletín595
SecciónAcuerdos
EmisorDirección General de Aviación Civil
Viernes 10 de diciembre de 2021 Tercer Suplemento Nº 595 - Registro Ocial
2
ACUERDO Nro. DGAC-DGAC-2021-0017-A
BRIG (SP) WILLIAM EDWAR BIRKETT MORTOLA
DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
CONSIDERANDO
QUE, la compañía AIR CANADA es poseedora de un permiso de operación para la prestación del servicio de
transporte aéreo, público, internacional, regular, de carga y correo en forma combinada, en la ruta: Montreal y/o
Toronto y/o Vancouver y/o Edmonton y/o Calgary y/o Houston y/o Chicago y/oNueva York y/o Atlanta y/o
Orlando y/o Miami y/o México DF y/o Querétaro y/o Mérida y/o San José y/o Puerto España y/o Santo
Domingo y/o La Habana y/o San Juan y/o Guatemala y/oPanamá y/o Manaos y/o Sao Paulo y/o Viracopos y/o
Rio de Janeiro y/o Curitiba y/o Brasiliay/o Recife y/o Salvador y/o Porto Alegre y/o Fortaleza y/o Buenos Aires
y/o Tucumán y/o Asunción y/o Ciudad del Este y/o Montevideo y/o Santiago y/o Iquique y/o Lima y/o Santa
Cruzy/o Caracas y/o Valencia y/o Maracaibo y/o Bogotá y/o Medellín y/o Cali – Quito y viceversa con derechos
de 3ras y 4tas libertades, salvo el punto Lima - Quito y viceversa. Derechos de 5ta libertad únicamente en lo que
respecta al punto Lima, el resto de la ruta será operado únicamente con derechos de 3ras y 4tas libertades, con
equipo de vuelo consistente en aeronaves Boeing 777 y Airbus A330, bajo la modalidad dry lease, permiso de
operación vigente por un plazo de tres (3) años, contados a partir del 04 de febrero 2021, otorgado por el
Consejo Nacional de Aviación Civil mediante Acuerdo No. 006/2021 de 04 de febrero de 2021, y modificado
con ACUERDO Nro. DGAC-DGAC-2021-0011-A de 29 de junio de 2021;
QUE, mediante oficio s/n de 3 de septiembre de 2021, el Apoderado General de la compañía AIR CANADA,
solicita la modificación a su permiso de operación a fin de incrementar el equipo de vuelo Boeing B-767;
QUE, según extracto de 25 de octubre de 2021, el Director General de Aviación Civil acepta a trámite la
solicitud presentada por la compañía AIR CANADA;
QUE, a través del memorando Nro. DGAC-CTRC-2021-0866-M de 11 de noviembre de 2021, el Coordinador
Técnico de Regulación y Control del Transporte Aéreo, solicita a la Directora de Comunicación Social, proceda
con la publicación del Extracto de la compañía AIR CANADA, en la página web institucional;
QUE, con memorando DGAC-CTRC-2021-0867-M de 11 de noviembre de 2021, el Coordinador Técnico de
Regulación y Control del Transporte Aéreo, requirió a las Direcciones de Seguridad Operacional y Asuntos
Regulatorios del Transporte Aéreo de la Dirección General de Aviación Civil, que dentro del ámbito de sus
respectivas competencias levanten los informes con las conclusiones y recomendaciones pertinentes sobre la
solicitud de la compañía AIR CANADA;
QUE, mediante según memorando Nro. DGAC-DCOM-2021-0518-M de 12 de noviembre de 2021, la
Directora de Comunicación Social informa al Coordinador Técnico de Regulación y Control del Transporte
Aéreo, que el extracto de la compañía AIR CANADA, se encuentra publicado en el portal electrónico;
QUE, según memorando Nro. DGAC-DART-2021-0411-M de 24 de noviembre de 2021, el Director de
Asuntos Regulatorios del Transporte Aéreo, remite el informe legal sobre la solicitud de modificación de la
compañía AIR CANADA, recomendando que se atendida favorablemente y se incluya el equipo de vuelo
BOEING 767, quedando de la siguiente manera: BOEING 777; AIRBUS; y, BOEING 767, bajo la modalidad
de dry lease;
QUE, mediante memorando Nro. DGAC-DSOP-2021-2158-M de 25 de noviembre de 2021, el Director de
Seguridad Operacional remite el informe técnico sobre la solicitud de modificación de la compañía AIR
CANADA, recomendando:
“5.1 Gestión Transporte Aéreo
Con los elementos expuestos, Gestión Transporte Aéreo recomienda se atienda favorablemente la solicitud de
la compañía AIR CANADA, relacionado a la modificación del Permiso de Operación de transporte aéreo
público internacional regular de pasajeros carga y correo en forma combinada.
En el Acuerdo que se expida para el efecto se deberá hacer constar el cumplimiento del Artículo No. 36 de la
Codificación de la Ley de Aviación Civil y Resoluciones DGAC No.032/2015, No. 224/2013.
5.2 Gestión Operaciones
1/3
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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