Regulaciones. DIR-038-2022 Apruébese la Reforma al Manual de Procedimientos para Novación, Refinanciamiento y Reestructuración del Crédito, versión 05

Número de Boletín104
SecciónRegulaciones
EmisorCORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BANCA PÚBLICA - CFN
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 104
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Miércoles 13 de julio de 2022
REGULACIÓN DIR-038-2022
EL DIRECTORIO DE LA
CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BANCA PÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución establece el principio de legalidad, mismo que señala: “Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud
de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley.”
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 868, publicado en el Registro Oficial N° 676 de fecha 25 de enero del
2016, con el que se reorganiza a la Corporación Financiera Nacional B.P., señala que dicha institución es: “una
entidad financiera pública, dedicada al financiamiento del sector productivo de bienes y servicios, así como
proyectos de desarrollo en el ámbito nacional e internacional. Buscará estimular la inversión productiva e impulsar
el crecimiento económico sostenible, a través de apoyo financiero o no financiero a los sectores productivos, de
bienes y servicios; así como de proyectos que contribuyan a la mejora de la competitividad nacional.”
Que, el numeral 12 del artículo 375 del Código Orgánico Monetario y Financiero, señala que es competencia del
Directorio: “Aprobar los reglamentos internos”.
Que, la Subgerencia General de Calidad y Desarrollo, mediante memorando Nro. CFN-B.P.-SGCD-2022-0050-M
de 18 de mayo de 2022, señala:
INTRODUCCIÓN:
En atención al Memorando Nro. CFN-B.P.-SGNE-2022-0089-M de fecha 03 de marzo de 2022, mediante
el cual la Subgerencia General de Negocios solicita la actualización del documento MP -GCC-03-NR
Manual de procedimientos para novación, refinanciamiento y reestructuración del crédito, y considerando
el alcance remitido por la referida Subgerencia General a través de memorando Nro. CFN-B.P.-SGNE-
2022-0093-M de fecha 04 de marzo de 2022, mediante el cual remite el formulario "R-GCC-NR-19
Requisitos para Novación, Refinanciamiento o Reestructura - Persona Natural - Sector Transporte”
actualizado; la Subgerencia General de Calidad y Desarrollo a través de la Gerencia de Calidad ha
coordinado su estandarización y revisión por las áreas correspondientes conforme lo expuesto en el
presente memorando.
La reforma a la normativa institucional tiene la finalidad de disminuir las limitantes respecto de los
requisitos establecidos para el proceso de Solución de Obligaciones para el sector Transporte, y
así brindar un soporte financiero a uno de los sectores sensibles de la economía del país por la relación
que tiene en el desarrollo de las demás actividades productivas y que necesita intervención para
sobrellevar los efectivos negativos ocasionados por factores exógenos.
II. MARCO NORMATIVO:
Conforme a las atribuciones y responsabilidades establecidas en el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la CFN B.P., para la Subgerencia General de Calidad y Desarrollo y
Gerencia de Calidad, entre las cuales se cita las siguientes:
Gestión General de Calidad y Desarrollo
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i. Presentar ante el Directorio para su aprobación, la actualización o propuestas de los procedimientos
institucionales, resultado de la planificación y el diagnóstico articulado por la Gerencia de Calidad con las
áreas involucradas;
Gestión de Calidad
e. Emitir el informe de conformidad de formato, redacción y ubicación del cambio normativo requerido por
el área promotora y sugerir las correcciones que se consideren pertinentes;
f. Articular con las áreas involucradas, conforme a la planificación y previo a un diagnóstico, la
actualización o elaboración de propuestas de los procedimientos institucionales, para su aprobación por
parte del Directorio;
Conforme a lo establecido en el Libro Preliminar: Generalidades de la Normativa CFN B.P., Título I:
Disposiciones Normativas CFN B.P., Subtítulo I: Política Institucional para la Administración de la
Normativa CFN B.P., Capítulo III: De las Responsabilidades:
Artículo 9. PARA LA NORMATIVA ESPECÍFICA: Serán responsables las siguientes instancias:
9.1. Responsable del proceso: Motivará políticas operativas, procedimientos, metodología, instrucciones
de trabajo, formularios, indicadores de gestión y demás elementos para la gestión del proceso; mantendrá
actualizada la información y documentación del proceso; definiendo oportunidades de mejora, acciones
preventivas y/o correctivas; coordinando con las Unidades Administrativas que estén involucradas en el
proceso, bajo la asesoría de la Gerencia de Calidad.
9.2. Gerencia de Calidad: Requerirá informes dentro de sus respectivas competencias a la Gerencia
Jurídica, Gerencia de Riesgos. Emitirá informe de conformidad de la propuesta planteada considerando la
correcta aplicación de los formatos para la documentación de los procesos (inclusive su redacción) y de
los instrumentos técnicos del ente rector de la mejora continua e innovación de procesos y servicios,
cuando aplique.
9.3. Subgerencia General de Calidad y Desarrollo: Una vez obtenidos los informes de Riesgos, Legal y
Calidad con carácter de favorables, procederá a remitir la documentación a la Gerencia General y
Secretaría General, junto con el memorando de solicitud para aprobación del Directorio de la Corporación
Financiera Nacional B.P.
En caso que, la normativa específica deba ser aprobada por un Comité delegado por el Directorio de la
Corporación Financiera Nacional B.P., procederá a dirigir la documentación al Secretario del Comité.
Además en la solicitud de aprobación:
Incluirá la procedencia de publicación en el Registro Oficial o su confidencialidad, de ser el caso, en
base a la normativa que lo regula.
Señalará si la norma requiere entrar en vigencia desde su expedición, desde su publicación en Registro
Oficial, u otro plazo específico.
9.4. Gerencia de Riesgos: Emitirá informe de conformidad de que la propuesta planteada en la
documentación de los procesos no se contrapone con las políticas de administración integral de riesgos
previstas en la normativa vigente.
9.5. Gerencia Jurídica: Emitirá pronunciamiento jurídico, ratificando o no la aplicabilidad del
requerimiento, con base a la verificación de las atribuciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente.
(...)
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III. DESARROLLO:
En cumplimiento a la normativa institucional antes citada, la Subgerencia General de Calidad y Desarrollo,
a través de la Gerencia de Calidad, ha gestionado la revisión del documento por las siguientes instancias:
Áreas Responsables del Proceso, quienes dan su conformidad mediante la suscripción del MP-GCC-03-
NR Manual de Procedimiento para novación, refinanciamiento y reestructuración del crédito. Adjunto al
presente memorando.
Gerencia Jurídica, quien emite pronunciamiento a través de memorando Nro. CFN-B.P.-GEJU-2022-
0273-M de fecha 13 de abril de 2022, en el cual se cita:
“(...) una vez revisada la actualización del “MP-GCC-03-NR Manual de Procedimiento para novación,
refinanciamiento y reestructuración del crédito” en su versión 05, y sus anexos formularios R-GGC-NR-09
y R-GGC-NR-19, que serán actualizados en la normativa interna de la Corporación Financiera Nacional
B.P., esta Gerencia ha evidenciado que se han atendido las observaciones realizadas y las mismas han
sido incorporadas en dichos documentos, conforme la reunión mantenida con los delegados del área de
calidad y de crédito.
En consecuencia, considerando que el Subtítulo I: Política institucional para la administración de la
normativa CFN B.P., del Libro preliminar: generalidades de la normativa CFN B.P., atribuye a la Gerencia
Jurídica el emitir pronunciamiento jurídico, ratificando o no la aplicabilidad del requerimiento, con base a la
verificación de las atribuciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente, en mi calidad de Gerente
Jurídico emito mi informe jurídico de conformidad a la actualización del “MP-GCC-03-NR Manual de
Procedimiento para novación, refinanciamiento y re estructuración del crédito” en su versión 05, y sus
anexos formularios R-GGC-NR-09 y R-GGC-NR-19. (...)”
Gerencia de Riesgos, quien emite pronunciamiento a través de memorando Nro. Nro. CFN-B.P.-GERI-
2022-0282-M de fecha 21 de abril de 2022, en el cual se cita:
“En respuesta al Memorando Nro. CFN-B.P.-GECA-2022-0182-M del 19 de abril de 2022, en el cual se
solicita emitir conformidad del MP-GCC-03-NR Manual de Procedimientos para Novación,
Refinanciamiento y Reestructuración del Crédito (Versión 05), al respecto la Gerencia de Riesgos una vez
revisado y verificados los cambios emite su conformidad.”
Gerencia de Calidad, quien emite pronunciamiento a través de memorando Nro. CFN-B.P.-GECA-2022-
0202-M de fecha 09 mayo de 2022, en el cual se cita:
“(...) una vez obtenida las conformidades, en el ámbito de sus competencias, de los responsables del
proceso, de la Gerencia Jurídica y de la Gerencia de Riesgos; procede a expresar la conformidad de los
siguientes documentos, los cuales se anexan al presente memorando:
MP-GCC-03-NR Manual de Procedimientos para para Novación, Refinanciamiento y Reestructuración
del Crédito, versión 05.
o R-GCC-NR-09 Checklist de Documentos para la Instrumentación de Solución de Obligaciones,
versión 03.
o R-GCC-NR-19 Requisitos para Novación, Refinanciamiento o Reestructura - Persona Natural -
Sector Transporte, versión 01.
(...) En virtud de la conformidad del área requirente, de la Gerencia Jurídica, de la Gerencia de Riesgos y
de esta Gerencia, se recomienda que la Subgerencia General de Calidad y Desarrollo en el ámbito de sus
competencias, proceda con la suscripción del documento en la sección “Co ntrol de la Documentación” y
posterior solicitud al Gerente General para que se incluya el referido documento en el orden del día para
conocimiento y aprobación del Directorio de la Corporación Financiera Naciona l B.P.”

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