Regulaciones. DIR-060-2022 Apruébese las reformas normativas sobre el Manual de Productos Financieros

Número de Boletín201
SecciónRegulaciones
EmisorCorporación Financiera Nacional Banca Pública
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Jueves 1 de diciembre de 2022 Registro Ocial Nº 201
REGULACIÓN DIR-060-2022
EL DIRECTORIO DE LA
CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BANCA PÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución establece el principio de legalidad, mismo que señala: “Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competenc ias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley.”
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 868, publicado en el Registro Oficial N° 676 de fecha 25 de enero del
2016, con el que se reorganiza a la Corporación Financiera Nac ional B.P., señala que dicha institución es: “una
entidad financiera pública, dedicada al financiamiento del sector productivo de bienes y servicios, así como
proyectos de desarrollo en el ámbito nacional e internacional. Buscará estimular la inversión productiva e
impulsar el crecimiento económico sostenible, a través de apoyo financ iero o no financiero a los sectores
productivos, de bienes y servicios; así como de proyectos que contribuyan a la mejora de la competitividad
nacional.”
Que, el numeral 12 del artículo 375 del Código Orgánico Monetario y Financiero, señala que es competencia
del Directorio: “Aprobar los reglamentos internos”.
Que, la Subgerencia General de Negocios, mediante memorando Nro. CFN-B.P.-SGNE-2022-0446-M de 24 de
octubre de 2022 , señala:
“Con la finalidad de que se incluya en el orden del día para conocimiento y aprobación del Directorio,
sírvase encontrar adjunto al presente la propuesta para definir la normativa para el trám ite de
solicitudes de los deudores de operaciones de cartera de crédito que se acojan a la Resolución No.
JPRF-F-2022-032 referente al Mecanismo Extraordinario y Temporal de Alivio Financiero Aplicable a
los Sectores Financieros Público y Privado.
ANTECEDENTE:
A través de Memorandos Nro. CFN-B.P.-SGNE-2 022-0428-M y CFN-B.P.-SGNE-2022-0438-M dentro
del marco de competencias de la Subgerencia General de Negocios, so licita los respectivos informes
a la Gerencia Jurídica, Gerencia de Operaciones Financieras, Gerencia de Calidad, Gerenc ia de
Riesgos y Gerencia de Coactiva para el trámite de solicitudes de los deudores de operaciones de
cartera de crédito que se acojan a la Resolución No . JPRF-F-2022-032 referente al Mecanismo
Extraordinario y Temporal de Alivio Financiero Aplicable a los Sectores F inancieros Público y Privado.
Para el efecto, adjunto los informes emitidos por las Gerencias Jurídica, Operaciones Financieras,
Calidad, Riesgos y Coactiva que en su parte pertinente señalan lo citado a continuación:
Informe de la Gerencia Operaciones Financieras (Memorando Nro. CFN-B.P. -GEOF-2022-0714-
M de fecha 7 de octubre de 2022):

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