Resoluciones. DP-DPG-DASJ-2021-104 Confórmese el Comité de Crisis
Número de Boletín | 559 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Defensoría Pública del Ecuador |
Viernes 15 de octubre de 2021 Registro Ocial Nº 559
22
RESOLUCIÓN DP-DPG-DASJ-2021-104
Dr. Ángel Torres Machuca, Msc.
DEFENSOR PÚBLICO GENERAL (E)
CONSIDERANDO:
Que, la Defensoría Pública es un órgano autónomo de la Función Judicial,
conforme lo disponen los artículos 191 de la Constitución de la República y
pleno e igual acceso a la justicia de las personas que por su estado de
indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar
los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos;
Que, de conformidad con el artículo 226 de la Constitución de la República, las
instituciones del Estado, sus organismos, sus dependencias, las servidoras
oservidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la Ley; y tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 35 de la Constitución de la República al tratar sobre los Derechos
de las personas y grupos de atención prioritaria señala: “…Las personas
adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas,
personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes
adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán
atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La
misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las
víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres
naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las
personas en condición de doble vulnerabilidad.”;
Que, el primer numeral del artículo 3 de la Ley Orgánica de la Defensoría
Pública, establece como uno de sus objetivos: “…1. Establecer la
organización y normas a la prestación gratuita, oportuna, integral,
ininterrumpida, técnica y competente de los servicios de asesoría,
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba