Ordenanzas Municipales. Que establece y regula el Sistema de Estacionamiento Rotativo Tarifado dentro de la ciudad de Macas (SERTAM)

Número de Boletín1282
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorResolución
26 – Lunes 9 de noviembre de 2020 Edición Especial 1282 Registro Ocial
ORDENANZA QUE CREA, ESTABLECE Y REGULA EL SISTEMA DE
ESTACIONAMIENTO ROTATIVO TARIFADO DENTRO DE LA CIUDAD DE
MACAS (SERTAM)”
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 238, establece que los Gobiernos
Autónomos Descentralizados gozarán de plena autonomía política, administrativa y
financiera;
Que, entre las competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Municipales, contempladas en el art. 264 de la Constitución se establecen las de
planificar el desarrollo cantonal, así como para ejercer el control del uso y ocupación
del suelo en el ciudad; así también para planificar, regular y controlar el tránsito y el
transporte público dentro de su territorio cantonal (numerales 1,2 y 6). Competencia esta
que también consta en el literal f) del Art. 55 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización – COOTAD;
Que, entre las funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, el
COOTAD en el Art. 54, literal m), determina la de regular y controlar el uso del espacio
blico cantonal y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se
desarrolle en él;
Que, el Art. 130 del COOTAD, prescribe: Ejercicio de la competencia de tránsito y
transporte. A los gobiernos autónomos descentralizados municipales les corresponde de
forma exclusiva planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte y la seguridad
vial, dentro de su territorio cantonal;
Que, de conformidad al Art. 316 del COOTAD, los bienes de dominio público son aquellos
cuya función es la prestación servicios públicos de competencia de cada Gobierno
Autónomo Descentralizado a los que están directamente destinados;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 417 del COOTAD, las calles y avenidas
constituyen bienes de uso público cuyo uso por los particulares es directo y general en
forma gratuita; sin embargo, podrán ser materia de utilización exclusiva y temporal,
mediante el pago de una regalía;
Que, el Art. 165 del Reglamento General para la Aplicación de la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, reconoce la potestad de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados para establecer limitaciones al estacionamiento vehicular;
Que, la Resolución No.006-CNC-2012 del Consejo Nacional de Competencias, firmada el 26
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de abril de 2012 y publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 712 del 29 de mayo
de 2012, establece la transferencia de competencias para planificar, regular y controlar
el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial por parte de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados (GAD) metropolitanos y municipales;
Que, el área urbana consolidada de la ciudad de Macas, sufre problemas de congestión de
tráfico, por la ocupación desordenada de las vías públicas con vehículos que de manera
indistinta permanecen estacionados durante largas jornadas, impidiendo, tanto el libre
desplazamiento vehicular, como el uso de las vías para el propósito primordial de la
movilización de los ciudadanos y sus bienes;
Que, es necesario dotar a la ciudad de Macas, en aquellos sectores que sufren los problemas
expresados, de espacios adecuados de estacionamiento en las vías públicas, y garantizar
los derechos de los ciudadanos a la libre movilidad y uso de bienes públicos en forma
organizada y controlada, para ordenar el flujo de tránsito y obtener una mayor
movilidad vehicular;
Que, mediante proceso CDC-GMCM-019-2013, de fecha 1 de junio de 2015, se presentó
el ESTUDIO DE FACTIBILIDAD PARA LA IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO
DE ESTACIONAMIENTO ROTATIVO TARIFADO EN EL CENTRO DE LA
CIUDAD DE MACAS;
Que, mediante memorando Nro. GMCM-ALC-2020-0514-M, con fecha 24 de junio de 2020,
se certifica que la ORDENANZA DE PARQUEO ROTATIVO TARIFADO DE LA
CIUDAD DE MACAS, no se encuentra promulgada ni enviada al Registro Oficial, por
tal motivo dicha ordenanza no está en vigencia.
Que, es menester la actualización de la normativa, para el correcto uso y funcionamiento del
sistema de estacionamiento, mediante la prestación de un servicio de calidad. En
ejercicio de la facultad legislativa que le confiere los Arts. 240 y 264 de la Constitución
de la República, y con sujeción a lo establecido en los Arts. 7 y 57 letra a) del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización – COOTAD,
Expide:
La siguiente: “ORDENANZA QUE ESTABLECE Y REGULA EL SISTEMA DE
ESTACIONAMIENTO ROTATIVO TARIFADO DENTRO DE LA CIUDAD DE
MACAS (SERTAM)”
TITULO PRIMERO
GENERALIDADES
CAPITULO I
OBJETO, ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Art. 1.- Objeto. - La presente ordenanza tiene por objeto regular la ocupación de la vía
pública y plazas de estacionamiento de los vehículos motorizados, en forma ordenada y
controlada en la ciudad de Macas, en función de la competencia exclusiva sobre el uso del
suelo.
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