La excepción a la cosa juzgada en materia penal cuando se trata de indemnizaciones civiles

AutorLeonardo Coronel Larrea y Anabela Chiriboga Bucheli
CargoEstudiante del Colegio de Jurisprudencia/Estudiante del Colegio de Jurisprudencia
Páginas32-54
32 • Septiembre 2019
RESUmEn
Dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, se evidencia la extensión de facul-
tades de los jueces penales, sobre la base del principio de reparación integral, para
otorgar indemnizaciones civiles. En este sentido, existen inconvenientes cuando
estos daños, supuestamente resarcidos, carecen de efectividad, metodología o for-
ma correcta de cuanticación. De tal forma, la víctima queda indefensa con una
errónea restitución, y aparece el problema de la cosa juzgada en sentencias pena-
les que no cumplen su nalidad resarcitoria. Por lo tanto, es necesario buscar una
solución a la problemática planteada, toda vez que la víctima no tiene por qué so-
portar daños que no los ha merecido, y mucho menos soportar indemnizaciones
incorrectas. Para ello se analizará la institución de la res judicata y la posibilidad
de dejar sin efectos sus características de inmutabilidad y denitividad. Además
del aporte con otras formas de excepciones frente a la misma problemática, como
son la prejudicialidad y la litispendencia.
PalabRaS ClavE
responsabilidad civil; responsabilidad penal; reparación integral; prórroga de
competencias; indemnización; cuanticación; cosa juzgada; partes procesales;
objeto; fundamento; prejudicialidad; litispendencia
The Exception to The Res Judicata in Criminal Matters when
It Comes to Civil Indemnities
abStRaCt
Within the Ecuadorian legal system, there is evidence of the extension of the powers
of criminal judges, based on the principle of integral reparation to grant civil
indemnities. In this sense, there are disadvantages when these damages, supposedly
compensated, lack eectiveness, methodology or correct form of quantication. us,
the victim is left defenseless with an erroneous restitution, and the problem of res
judicata appears in criminal sentences that do not fulll their compensatory purpose.
erefore, it is necessary for this work to seek a solution to the problems raised, since
the victim does not have to endure damages that he has not deserved, let alone bear
incorrect compensation. To do this, the institution of res judicata and the possibility of
leaving its immutability and denitive characteristics without eect will be analyzed.
In addition to the contribution with other forms of exceptions to the same problem,
such as prejudiciality and lis pendens.
KEywoRdS
civil liability, criminal liability, comprehensive reparation, extension of powers,
compensation, quantication, res judicata, procedural parts, object, prejudicial,
basis, lis pendens.
L              
Volumen VI • 33
1. intRodUCCión
El término responsabilidad a lo largo de la historia ha ido evolucionando en su con-
texto según la época que lo analizaba. Con el pasar del tiempo, se han podido eviden-
ciar las distintas posturas que la doctrina ha creado a partir del daño, la indemniza-
ción y su fuente obligacional. Esto conlleva el análisis histórico de la responsabilidad
y su visión en diferentes momentos, que inicia con la evolución del derecho de res-
ponsabilidad por daños, para, con posterioridad, aterrizar en el derecho ecuatoriano.
En este último, se encajará un análisis profundo del modo en el que se percibía a la
responsabilidad de manera general, con una analogía del sistema actual.
De esta manera, se podrán evidenciar los rezagos de un sistema jurídico ya dero-
gado, pero que, sin duda alguna, se lo evidencia en la actualidad por una confu-
sión entre la responsabilidad civil y penal. Sin embargo, tras ser analizados, se po-
drá vericar su total independencia y diferenciación, toda vez que su fundamento
o fuente es distinta, así como su objeto y nalidad.
Debido a la nueva legislación penal, es decir la publicación del Código Orgánico
Integral Penal (en adelante COIP), han aparecido nuevos retos y problemas ju-
rídicos con respecto al Derecho de Responsabilidad por Daños. Estos se pueden
evidenciar si son analizados de la mano del principio de reparación integral, con-
sagrado, tanto en la Constitución como en el COIP. Ya que este principio es la
fuente para la existencia de una prórroga de competencias civiles que recaen sobre
el juez penal, cuando este considere acorde otorgar indemnizaciones civiles para
resarcir el daño sufrido por la víctima del delito penal.
El problema en cuestión no es la extensión de competencias, o la extensión de
facultades que recibe el juez penal, sino cómo este desarrolla y ejecuta estas fun-
ciones con respecto a la reparación del daño sufrido por la víctima. Es decir, se
evidencia una ausencia de estructura y conocimiento con respecto a la correcta
cuanticación de daños. Por lo que la solución que se plantea es la posibilidad de
acceder a la vía civil, una vez establecido el cálculo en sede penal, debido a que la
apreciación del juez penal, en varios casos, es errónea o sin método aplicable ya
que se busca que el daño, nada más que el daño, sea resarcido.
Por lo tanto, este trabajo tratará de abordar la posibilidad de recurrir a la instancia
civil y destruir los efectos de cosa juzgada en materia penal. Con el objetivo de
que el agraviado pueda acceder bajo toda circunstancia a la nalidad que, como
víctima, busca, es decir una indemnización correcta que aborde todos los perjui-
cios y menoscabos sufridos.
Finalmente se propondrá otras excepciones que, para efectos prácticos, pueden
ser analizadas, para evitar que aquellas se interpongan frente al afán de la víctima
de ser indemnizada en legal y debida forma.

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