Resoluciones BCE-028-2016. Expídese la codificación del estatuto orgánico de gestión organizacional por procesos

Número de Boletín588-Edición Especial
SecciónResoluciones
EmisorBanco Central del Ecuador
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2016

EL GERENTE GENERAL

DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

Considerando:

Que mediante Resolución No. DBCE-068-BCE de 20 de enero publicada en el registro Oficial, Edición Especial No. 157 de 30 de julio de 2014, el Directorio del Banco Central del Ecuador resolvió emitir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, mismo que sufrió varias reformas;

Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera Mediante Resolución No. 111-2015-G de 6 de agosto de 2015, resolvió aprobar la reforma puntual al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador incorporando dentro de la Estructura Orgánica del Banco Central del Ecuador a la Subgerencia de Políticas Legales y Activos;

Que conforme lo dispuesto en la Disposición General Segunda de la Resolución No. 111-2015-G, antes referida, el Gerente General del Banco Central del Ecuador cuenta con plena facultad para suscribir los actos administrativos necesarios para la operatividad, ejecución e implementación del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador;

Que mediante Resolución No. 183-2015-G de 29 de diciembre de 2015, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera resolvió aprobar algunas reformas al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador;

Que mediante Resolución No. BCE-008-2016, el Gerente General del Banco Central del Ecuador efectuó reformas al "ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR";

Que es necesario contar con un cuerpo normativo organizado y único en el que se sistematice el contenido del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador; y,

En uso de sus atribuciones:

Resuelve:

EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACIÓN DEL "ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR":

Artículo 1 Estructura Organizacional.- El Banco Central del Ecuador se alinea con su misión y definirá su estructura organizacional sustentada en su base legal y direccionamiento estratégico institucional determinado en la Matriz de Competencias y en su Modelo de Gestión.
Artículo 2 Procesos del Banco Central del Ecuador.- Para cumplir con la misión institucional: "Gestionar la liquidez de la economía ecuatoriana, mediante la instrumentación de las políticas: monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, para alcanzar el Buen Vivir", se ha definido dentro de su estructura los procesos gobernantes, sustantivos, adjetivos y transversales.

- Procesos Gobernantes: Son aquellos que proporcionan directrices, políticas y planes estratégicos, para la dirección y control de la Institución.

- Procesos Sustantivos: Son aquellos que realizan las actividades esenciales para proveer los servicios y los productos que ofrece a sus clientes una institución. Los procesos sustantivos se enfocan a cumplir la misión de la institución.

- Procesos Adjetivos: Son aquellos que proporcionan productos o servicios a los procesos gobernantes y sustantivos.

Artículo 3

Comité de Gestión de la Calidad de Ser-vicios y Desarrollo Institucional.- De conformidad con lo previsto en el artículo 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público (RGLOSEP), el Banco Central del Ecuador, cuenta con un Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional, que tendrá la responsabilidad de proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional.

El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará integrado por:

  1. La autoridad nominadora o su delegado, quien lo presidirá;

  2. El responsable del proceso de gestión estratégica;

  3. Un responsable por cada uno de los procesos o unidades administrativas; y,

  4. El responsable de la UATH o quien hiciere sus veces.

CAPÍTULO I Artículos 4 a 6

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Artículo 4 Misión del Banco Central del Ecuador.- Gestionar la liquidez de la economía ecuatoriana, mediante la instrumentación de las políticas: monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, para alcanzar el Buen Vivir.
Artículo 5 Principios y Valores.- Los principios y valores que rigen el marco estratégico de la institución son los siguientes:

Respeto: Involucra la consideración de la dignidad de la persona, los derechos y libertades que le son inherentes, el trato correcto con la ciudadanía y los colaboradores del Banco Central del Ecuador.

Transparencia: El ejercicio profesional con una conducta clara y evidente que se comprende sin duda ni ambigüedad, de la que se puede dar cuenta en todo momento; cumpliendo con la reserva y confidencialidad que requiere la información sujeta a sigilo bancario o estadístico y acatando el deber de rendir cuentas a la ciudadanía.

Integridad: Se manifiesta en las cualidades personales de honestidad, probidad, sinceridad, evitando todo comportamiento que pueda reflejarse negativamente en su persona o en la institución.

Actitud de servicio: Demostrado por todo el personal del Banco Central del Ecuador con actitudes que ponen en evidencia el compromiso con las necesidades de la población, orientando el servicio y la satisfacción de los clientes internos y externos como prioridad; involucra además el ejercicio eficiente del puesto, la capacitación permanente para enfrentar el progreso y evolución de las ciencias y las técnicas, así como los cambios en la legislación.

Artículo 6 Objetivos Institucionales.- Los objetivos estratégicos que contribuyen al eje central de "Gestionar la liquidez para alcanzar los objetivos de desarrollo" son:
  1. Programar y regular la liquidez de la economía, mediante el monitoreo de la actividad económica, generación de estadísticas de síntesis macroeconómica, evaluación del riesgo sistémico, generación de propuestas de regulación monetaria y financiera y la instrumentación de políticas de integración monetaria y financiera regional, para aportar al cumplimiento de los objetivos de desarrollo y a la sostenibilidad del sistema monetario y financiero.

  2. Instrumentar operaciones de las políticas de gestión de la liquidez mediante la gestión de reservas, operaciones de liquidez doméstica y seguridad financiera que optimicen las inversiones realizadas y procuren un balance equilibrado entre riesgo y rendimiento para el fortalecimiento económico y su sostenibilidad.

  3. Prestar servicios para la canalización de los flujos de liquidez de la economía de manera oportuna, eficiente, eficaz, segura, con calidad y calidez a través del Sistema Nacional de Pagos, el suministro de medios de pago y la prestación de servicios de banca central, fomentando la inclusión financiera de la población.

  4. Mejorar la eficacia y el desempeño de la gestión de los recursos humanos institucionales, como pilar fundamental de mejora continua.

  5. Maximizar la eficiencia operacional de la gestión institucional, a través del mejoramiento de procesos y la atención oportuna al ciudadano y usuario de los servicios.

  6. Optimizar las finanzas institucionales tanto de la programación y ejecución del gasto corriente como de inversión, que permita cumplir con los objetivos institucionales.

CAPÍTULO II Artículos 7 y 8

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Artículo 7 De la Estructura Orgánica.- El Banco Central del Ecuador, para el cumplimiento de sus competencias, atribuciones, misión y visión, desarrollará los siguientes procesos internos, que estarán conformados por:
  1. Procesos Gobernantes

    1.1 Gerencia General

    1.2 Subgerencia General

  2. Procesos Sustantivos

    2.1. Subgerencia de Programación y Regulación

    Responsable: Subgerente de Programación y Regulación

    2.1.1. Gestión Nacional de Programación y Regulación Monetaria y Financiera

    Responsable: Director/a Nacional de Programación y Regulación Monetaria y Financiera

    2.1.2. Gestión Nacional de Riesgo Sistémico

    Responsable: Director/a Nacional de Riesgo Sistémico

    2.1.3. Gestión Nacional de Síntesis Macroeconómica

    Responsable: Director/a Nacional de Síntesis Macroeconómica

    2.1.4. Gestión Nacional de Integración Monetaria y Financiera Regional

    Responsable: Director/a Nacional de Integración Monetaria y Financiera Regional

    2.2. Subgerencia de Operaciones

    Responsable: Subgerente de Operaciones

    2.2.1. Gestión Nacional de Gestión de Reservas

    Responsable: Director/a Nacional de Gestión de Reserva

    2.2.2. Gestión Nacional de Operaciones de Liquidez

    Responsable: Director/a Nacional de Operaciones de Liquidez

    2.2.3. Gestión Nacional de Seguridad Financiera

    Responsable: Director/a Nacional de Seguridad Financiera

    2.3. Subgerencia de Servicios

    Responsable: Subgerente de Servicios

    2.3.1. Gestión Nacional de Sistemas de Pago

    Responsable: Director/a Nacional de Sistemas de Pago

    2.3.2. Gestión Nacional de Medios de...

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