Resolución UAFE-DG-VR-2017-0003 - Expídese el índice temático por series documentales de los expedientes clasificados como reservados y secretos
| Fecha de disposición | 01 Marzo 2017 |
| Fecha de publicación | 01 Marzo 2017 |
| Número de registro | UAFE-DG-VR-2017-0003 |
| Sección | Resoluciones |
| Número de Gaceta | 953 |
| instrumentation | Resoluciones |
Miércoles 1º de marzo de 2017 – 41Registro Ofi cial Nº 953
Así como, los Comités tendrán la calidad de permanentes,
siendo su responsabilidad proponer, monitorear y evaluar la
aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al
mejoramiento de la efi ciencia institucional, en el ámbito de
su competencia.
Que, mediante memorando No. 032-DNP-2015 de 1 de abril
de 2015, el Coordinador Nacional de Planifi cación solicitó
al Procurador General del Estado, la autorización para
convocar el inicio de operaciones del Comité de Gestión de
Calidad del Servicio y el Desarrollo Institucional;
Que, mediante sumilla inserta en el memorando No. 032-
DNP-2015 de 1 de abril de 2015, el Procurador General
del Estado autorizó el inicio de operaciones del Comité
de Gestión de Calidad del Servicio y el Desarrollo
Institucional y designó como su delegado al Dr. Rafael
Parreño, Subprocurador General del Estado;
Que, el Director Nacional de Planifi cación e Inversión con
memorando No. 075-DNPeI-2016 de 7 de noviembre de
2016, remitió al Coordinador Nacional de Planifi cación
la última versión del Manual de Gestión de Procesos de la
Institución actualizada al 31 de octubre de 2016, los cuales
están implementados y validados por cada responsable de
los procesos;
Que, el artículo 3, letra k) de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General del Estado, faculta al Procurador
General del Estado expedir resoluciones dentro del ámbito
de su competencia; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley,
Resuelve:
ARTICULO 1.- Disponer el cumplimiento obligatorio
del “MANUAL DE GESTIÓN POR PROCESOS
INSTITUCIONALES DE LA PROCURADURÍA
GENERAL DEL ESTADO”, que contiene los procesos
que defi nen los procedimientos identifi cados, validados
e implementados en las diferentes áreas de gestión de la
Institución a nivel nacional.
ARTÍCULO 2.- El “Manual de Gestión por Procesos
Institucionales de la PGE” es una herramienta dinámica
susceptible de revisiones y actualizaciones y continúas.
En caso de que algún proceso deba ser modifi cado se lo
trabajará directamente entre el área de gestión involucrada
y la Coordinación Nacional de Planifi cación.
ARTÍCULO 3.- La máxima autoridad o su delegado,
aprobará las actualizaciones de los procesos, fundamentado
en el informe técnico que presente el Coordinador Nacional
de Planifi cación. Una vez aprobadas las actualizaciones se
realizaran las modifi caciones respectivas en el “Manual
de Gestión por Procesos Institucionales de la PGE” en las
versiones que se encuentran en el Comité de Gestión de
la Calidad y en la Dirección Nacional de Planifi cación e
Inversión.
ARTÍCULO 4.- El Coordinador Nacional de Planifi cación
deberá informar al Procurador General del Estado las
modifi caciones y/o actualizaciones realizadas en el Manual
de Gestión por Procesos Institucionales de la PGE.
ARTÍCULO 5.- La Coordinación Nacional de Planifi cación
será la responsable de verifi car la actualización y
publicación en la intranet del Manual de Gestión por
Procesos Institucionales y de manejar la última versión del
documento.
ARTÍCULO 6.- El “Manual de Gestión por Procesos
Institucionales de la PGE” se encontrará disponible en
su última versión tanto en la Secretaría del Comité de
Gestión de la Calidad cuanto en la Dirección Nacional de
Planifi cación e Inversión.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- EJECUCIÓN: La ejecución de la presente
Resolución, estará a cargo de la Coordinación Nacional de
Planifi cación.
SEGUNDA.- VIGENCIA: La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
Dado en el Despacho del Procurador General del Estado, en
Quito, DM., 25 de enero de 2017.
f.) Dr. Rafael Parreño Navas, Procurador General del
Estado, Subrogante.
Esta copia es igual al documento que reposa en el Archivo
de la Secretaría General y al cual me remito en caso
necesario.- Lo certifi co.- Fecha 26 de enero de 2017.- f.)
Dra. Lina Rosa Silva, Secretaria General, Procuraduría
General del Estado.
No. UAFE-DG-VR-2017-0003
Dr. Paúl Villarreal Velásquez
DIRECTOR GENERAL
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y
ECONÓMICO (UAFE)
Considerando:
Que la Constitución de la República en su artículo 18 numeral
2 establece: “(…) No existirá reserva de información
excepto en los casos expresamente establecidos en la ley.”;
Que el artículo 66 número 19 de la Norma Suprema reconoce
y garantiza a las personas: “19. El derecho a la protección
de datos de carácter personal, que incluye el acceso y
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