La falta de determinación normativa sobre la anulabilidad en el código orgánico administrativo
| Fecha | 01 Septiembre 2021 |
| Autor |
Revista Debate Jurídico Ecuador. Revista Digital de Ciencias Jurídicas. UNIANDES
ISSN 2600-5549/ Vol. 4 / Nro. 3 / septiembre-diciembre / Año. 2021 / pp. 169-187
169
ARTÍCULO CIENTÍFICO
LA FALTA DE DETERMINACIÓN NORMATIVA SOBRE LA ANULABILIDAD EN EL
CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO
THE LACK OF NORMATIVE DETERMINATION ON CANCELLATION IN THE ORGANIC
ADMINISTRATIVE CODE
Abarca Santillán, Viviana Karina I; Jácome Ordóñez, María del Carmen II
I. vivi_9601@hotmail.com. Empresa Pública Municipal de agua potable y alcantarillado de
Riobamba, Ecuador.
II. macarmenjacome@gmail.com. Abogada en libre ejercicio, Quito, Ecuador.
Recibido: 01/06/2021
Aprobado: 12/08/2021
RESUMEN
El presente artículo científico tiene por objeto realizar un análisis, en el cual se establezca la
utilidad y pertinencia de la existencia de las causales de anulabilidad de los actos
administrativos dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, teniendo como contexto que,
está figura se encontraba prescrita en el Estatuto de Régimen Jurídico Función Ejecutiva
ERJAFE, que sin embargo, con la aparición del Código Orgánico Administrativo, cuerpo legal
que entró en vigencia el 07 de julio del 2017 mediante Registro Oficial Nº 31, se excluyó dentro
de la precitada norma. Se considerará las causales de anulabilidad de los actos
administrativos que se encontraban en el ERJAFE antes de ser derogado, comparándolo a la
actualidad para en base aquello enfocarse en cuál sería la afectación que causa a la
administración pública y al administrado, el no determinar esta figura en la legislación actual.
Para conseguir los resultados esperados, ha sido necesaria la aplicación del método analítico
y sintético, así como la técnica de la entrevista, el eje principal que determinara la afectación
a la práctica del derecho administrativo diario. Todo esto, con el propósito de vislumbrar una
alternativa que permita hacer efectivo los principios de celeridad, concentración para una
aplicación de justicia eficiente y eficaz.
Como citar en normas APA el artículo:
Abarca Santillán, V. K., y Jácome Ordoñéz, M.C. (2021). La falta de determinación normativa sobre
la anulabilidad en el Código Orgánico Administrativo. Debate Jurídico Ecuador, 4(3), 169-
187.
Abarca Santillán; Jácome Ordóñez
170
PALABRAS CLAVE: Anulabilidad; Actos Administrativos; ordenamiento jurídico.
ABSTRACT
The purpose of this scientific article is to perform an analysis, in which the usefulness and
relevance of the existence of the grounds for annulment of administrative acts within the
Ecuadorian legal system are established, having as a context that, this figure was prescribed
in the Statute of Legal Regime Executive Function ERJAFE, which, however, with the
appearance of the Administrative Organic Code, a legal body that entered into force on July
07, 2017, through Official Register No. 31, was excluded within the aforementioned rule. We
will consider the grounds for the annulment of administrative acts that were in the ERJAFE
before being repealed, comparing it to the present time to focus on what would be the
affectation caused to the public administration and the administered, not determining this figure
in the current legislation. To achieve the expected results, it has been necessary the
application of the analytical and synthetic method, as well as the interview technique, the main
axis that will determine the affectation to the practice of the daily administrative law. All this, to
glimpse an alternative that allows making effective the principles of celerity, concentration for
an efficient and effective application of justice.
KEYWORDS: Annul ability; administrative acts; legal system.
INTRODUCCIÓN
La palabra administración viene del latín administrare, lo que significa etimológicamente la
acción de servir. Este elemento básico del Estado está conformado por un conjunto de
organismos que actúan bajo las órdenes del poder, quienes son los encargados de l ograr el
bien común y satisfacer las necesidades colectivas manteniendo la hegemonía de un grupo
social, haciendo posible la vida en sociedad (Martínez Morales, 2012, págs. 41-42)
La función principal de la administración pública es cumplir a cabalidad con lo que menciona
la carta magna en su artículo 227 que establece que: La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia
y evaluación. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
La Constitución de la República del Ecuador, indica que todos los organismos que conforman
el sector público, deben cumplir con los principios fundamentales en la práctica diaria de sus
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