Resolución 079A-2018 Acéptese la solicitud de terminación de comisión de servicios del doctor Alex Iván Valle Franco, Director Nacional de la Escuela de la Función Judicial, contenido en el Memorando CJ-EFJ2018-0712-M, de 2 de octubre de 2018; y, dese por terminado el nombramiento como Director Nacional de la Escuela de la Función Judicial

Fecha de disposición05 Noviembre 2018
Fecha de publicación05 Noviembre 2018
Número de Gaceta360
Lunes 5 de noviembre de 2018 – 37Registro Of‌i cial Nº 360
del Informe de Fondo No. 26/18, referente al caso CIDH
No. 12.839, por una sola vez en el diario el Telégrafo,
cuando el referido Informe pueda ser publicado.
SEGUNDA.- la Dirección Nacional de Tecnologías de
la Información y Comunicaciones TIC’s, publicará el
Informe de Fondo No. 26/18, referente al caso CIDH No.
12.839, por el periodo de un año calendario, en la página
web del Consejo de la Judicatura, cuando el referido
Informe pueda ser publicado.
TERCERA.- la Dirección General solicitará por
intermedio de la Procuraduría General del Estado, una
prórroga a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, a f‌i n de que el Estado ecuatoriano cuente con
un plazo adicional para cumplir con sus obligaciones.
CUARTA.- la Dirección General en su calidad de
representante legal, judicial y extrajudicial de la Función
Judicial, realice el procedimiento correspondiente; y, en
base a la Ley Orgánica de la Procuraduría General del
Estado, solicite la autorización para transigir y suscribir el
acuerdo de cumplimento del Informe de Fondo No. 26/18,
referente al caso CIDH No. 12.839, referente al doctor
Manuel Ricardo Vaca Andrade.
QUINTA.- la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica
del Consejo de la Judicatura, elaborará una propuesta
de Acuerdo de Cumplimiento del Informe de Fondo
No. 26/18, referente al caso CIDH No. 12.839, que será
puesto en consideración del doctor Manuel Ricardo Vaca
Andrade.
SEXTA.- la Dirección General una vez culminado el
proceso de reparación, deberá informar de las acciones
realizadas por el Consejo de la Judicatura a la Procuraduría
General del Estado, a f‌in de dar cumplimiento a las
recomendaciones dadas por la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
SÉPTIMA.- la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica
del Consejo de la Judicatura, luego de la culminación del
proceso de reparación, iniciará inmediatamente el proceso
de repetición en base al artículo 67 de la Ley Orgánica de
OCTAVA.- la Dirección General a través de las
Direcciones Nacionales competentes del Consejo de la
Judicatura, gestione de manera inmediata la obtención de
recursos con su respectiva disponibilidad, a f‌i n de hacer
efectiva la compensación económica en el caso del doctor
Manuel Ricardo Vaca Andrade.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a
cargo en el ámbito de sus competencias de la Dirección
General; Dirección Nacional de Comunicación Social;
Dirección Nacional de Tecnologías de la Información
y Comunicaciones; la Dirección Nacion al de Asesoría
Jurídica; la Dirección Nacional Financiera; la Subdirección
Nacional de Derechos Humanos y las demás Direcciones
Nacionales competentes para garantizar la reparación
integral.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir
de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de
sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el dos de
octubre de dos mil dieciocho.
f.) Dr. Marcelo Merlo Jaramillo, Presidente.
f.) Ab. Zobeida Aragundi Foyaín, Vocal del Consejo de
la Judicatura.
f.) Dra. Angélica Porras Velasco, Vocal del Consejo de
la Judicatura.
CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura,
aprobó esta resolución el dos de octubre de dos mil
dieciocho.
f.) Ab. Irene Valencia Balladares Mgs., Secretaria
General.
No. 079A-2018
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, establece: “El Consejo de la Judicatura
es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial...”;
Que los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución
de la República del Ecuador, disponen: “Serán funciones
del Consejo de la Judicatura, además de las que
determine la ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para el
mejoramiento y modernización del sistema judicial; (…)
y, 5. Velar por la transparencia y ef‌i ciencia de la Función
Judicial. Las decisiones del Consejo de la Judicatura se
tomarán por mayoría simple.”;
Judicial, determina: “El Consejo de la Judicatura es el
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