Resoluciones. GADMB-A-2022-006 Cantón Balao: Autorícese la chatarrización de la Retroexcavadora # 1 “Komatsu” Modelo WB93R-2, de propiedad del GADMB

Número de Boletín724
SecciónResoluciones
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 16 de enero de 2023Registro Ocial - Edición Especial Nº 724
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RESOLUCIÓN Nº GADMB-A-2022-006
REMIGIO JONNATAN MOLINA YÁNEZ
ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE BALAO
CONSIDERANDO
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República determina que: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce
y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, prescribe que: “La administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que, el Art. 238 de la Constitución de la República establece.- Los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán
por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y
participación ciudadana;
Que, el Código Orgánic o de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD en su artículo 5 establece, que los Gobiernos Autónomos Descentralizados y
regímenes especiales previstos en la Constitución gozan de autonomía política
administrativa y financiera para el ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus
atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la
Ley;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD en sus artículos 59 y 60 literales a), b), w) establece que el Alcalde o Alcaldesa
es la primera Autoridad del Ejecutivo del Gobierno Autónomo descentralizado Municipal,
facultado para dirigir y supervisar las actividades del GAD municipal, coordinando y
controlando el funcionamiento de los distintos Departamentos, así como también le
otorga facultades para resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a
su cargo;
Que, el artículo 3 del Reglamento General Sustitutivo para la Administración,
Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, prescribe

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