Resoluciones. GSEP-2019-0006 Declárense como invitados continuos del Gabinete Sectorial Económico y Productivo al IEPS y al MTOP

Número de Boletín98
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
6 – Miércoles 11 de diciembre de 2019 Registro O cial Nº 98
SEGUNDA.- La presente normativa entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro O cial.
TERCERA.- Encargar a la Gerencia de Riegos, el
desarrollo de una metodología para asignar cupos de
crédito a los Bancos Corresponsales que permitan
con rmar las cartas de crédito emitidas por Bancos del
exterior en un plazo máximo de 3 meses posterior a la
aprobación de la presente modi catoria.
Dada, en la ciudad de Guayaquil, el 11 de noviembre de
2019.- LO CERTIFICO.
f.) Econ. Juan Carlos Jácome Ruiz, Presidente.
f.) Mgtr. Rosana Anchundia Cajas, Secretaria General.
CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL B.P.-
CERTIFICO: Que es el copia del original que reposa en los
Archivos de la Intitución, compuesta de 3 Fojas.- Quito, 25
de noviembre de 2019.- Nombre:....-f.) Secretaria General.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Nº GSEP-2019-0006
EL GABINETE SECTORIAL
ECONÓMICO Y PRODUCTIVO
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador consagra que las instituciones del Estado
y los servidores públicos que actúan en virtud de una
potestad estatal, el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República,
ordena: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 1 del Código Orgánico Administrativo
publicado en el Segundo Suplemento del Registro O cial
No. 31 de 07 de julio de 2017, manda que el objeto de
este cuerpo legal es el regular el ejercicio de la función
administrativa de los organismos que conforma el sector
público;
Que, el capítulo II del COA, dispone legalmente las
competencias y los protocolos a seguir en cuanto a la
conformación de los Órganos Colegiados de Dirección de
la Administración Pública;
Que, mediante disposición derogatoria contenida en
Decreto Ejecutivo 660 de 5 de febrero 2019, se deroga
el Decreto Ejecutivo 439 de 14 de junio de 2018 con el
que se replantea la institucionalidad y conformación
de los Consejos Sectoriales, cuya atribución era la
de normar el funcionamiento interno del Gabinete y
adoptar las decisiones necesarias para el cumplimiento
de sus nes; para convertirlos en Gabinetes Sectoriales
a n de fortalecer la revisión, articulación, coordinación,
armonización y aprobación intersectorial contemplados
por el Plan de Optimización del Estado que reorganizó la
Función Ejecutiva;
Que, el Reglamento para el funcionamiento del Gabinete
Sectorial Económico y Productivo, publicado mediante
Resolución No. GSEP-2019-0001 de 14 de febrero
de 2018, en su artículo 6 determina: “Invitados.-
El presidente del Gabinete Sectorial Económico y
Productivo, por sí mismo o por pedido expreso de uno
de sus miembros plenos; podrá convocar en calidad de
invitados a representantes de otras instituciones ajenas al
Gabinete Sectorial Económico y Productivo; o entidades
que sean relacionadas con el sector y que no son parte
de la Función Ejecutiva, con la nalidad de informar y
participar en los temas especí cos a tratarse o asuntos
referentes a su gestión. Mediante Resolución adoptada
por el Gabinete Sectorial Económico y Productivo podrán
invitar a instituciones en calidad de invitados continuos,
quienes participarán de las deliberaciones con voz, pero
sin voto”;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 660 emitido el 5 de
febrero 2019, en su artículo 5 mani esta: “Los Gabinetes
Sectoriales contarán con una secretaria o secretario ad Hoc.
Para el efecto, el presidente del Gabinete Sectorial pondrá
a consideración de sus miembros para su aceptación a un
candidato o candidata que ejercerá dicha función, como
parte de sus responsabilidades laborales institucionales, y
sin remuneración adicional [...]”;
Que, el Reglamento para el funcionamiento del Gabinete
Sectorial Económico y Productivo, publicado mediante
Resolución No. GSEP-2019-0001 de 14 de febrero de
2018, en su artículo 21 establece que: “Las decisiones
tomadas por el Gabinete Sectorial se expresarán mediante
resoluciones. Las resoluciones del Gabinete Sectorial
Económico y Productivo son de carácter vinculante para
todos sus miembros y su ejecución será responsabilidad
de los organismos competentes, de acuerdo a la materia de
que se traten. [...]”;
Que, mediante o cio Nro. MEF-MINFIN-2019-0324-O
de 28 de octubre de 2019, se realizó la convocatoria a la
Cuarta Sesión Extra-ordinaria; y, en el Orden del día se
pone en conocimiento y consideración de los miembros del
Gabinete: declarar como invitados continuos del Gabinete
Sectorial Económico y Productivo a las entidades:
Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria (IEPS)
y Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP);
y, la designación del Secretario del Gabinete Sectorial
Económico y Productivo, con la nalidad de coordinar el
funcionamiento del cuerpo colegiado en mención;
Que, puesto a consideración del Gabinete Sectorial
Económico y Productivo el Orden del día correspondiente,
mediante votación de los miembros de manera unánime
declaran como invitados continuos del Gabinete Sectorial
Económico y Productivo a las entidades: Instituto Nacional
de Economía Popular y Solidaria (IEPS) y Ministerio de
Transporte y Obras Públicas (MTOP); y, designan para el
efecto al Secretario de dicho cuerpo colegial;
El Gabinete Sectorial Económico y Productivo, en uso
de atribuciones, y en cumplimento de la disposición
transitoria primera del Decreto Ejecutivo No. 660 de 5 de
febrero de 2019.
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