La IA en Relación con la Gestión Hídrica: Aproximación Jurídico-Constitucional a la Justicia Socioespacial y los Derechos de la Naturaleza
| Páginas | 49-76 |
| Fecha | 01 Junio 2026 |
| Fecha de publicación | 01 Junio 2026 |
| Autor | Sebastian Fernando Arguello Escobar,Christian Andrés Córdova Cortez,Byron Geovanny Castillo Garzón |
| Materia | Derecho de las Nuevas Tecnologías |
Recibido: | 2025/10/17 | Aceptado: | 2026/04/12 | | Publicado: | 2026/06/03
DOI: 10.31207/ih.v15i1.462 | Páginas: 49-76
Ius Humani. Revista de Derecho, n.1, v. 15, 2026
ISSN: 1390-440X e-ISSN: 1390-7794
La IA en relación con la gestión hídrica:
aproximación jurídico-constitucional a la justicia
socioespacial y los derechos de la naturaleza
AI in Relation to Water Management: A Legal-Constitutional Approach
to Socio-Spatial Justice and the Rights of Nature
Sebastian Fernando Arguello Escobar*, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales,
Ecuador, sarguelloescofl@flacso.edu.ec
Christian Andrés Córdova Cortez, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Ecuador,
accordovafl9016@gmail.com
Byron Geovanny Castillo Garzón, Escuela Politécnica Nacional, Ecuador,
byron.castillo01@epn.edu.ec
* Autor de correspondencia
Resumen
La irrupción de la inteligencia artificial (IA) en la gobernanza hídrica configura una paradoja constitucional inédita: mientras
sus aplicaciones prometen optimizar el monitoreo y la distribución del agua, su infraestructura co mputacional demanda
volúmenes crecientes del recurso, tensionando los p rincipios del constitucionalismo ecológico ecuatoriano. El presente trabajo
examina, desde el pensamiento de Boaventura de Sousa Santos y los marcos teóricos de la justicia cognitiv a y el pluralismo
jurídico, la compatibilidad entre esa i ncorporación tecnológica y el orden jurídico del Ecuador. Metodológicamente se articula
un enfoque sistémico-estructural-funcional con un método hermenéutico-crítico y un análisis jurisprudencial comparado
(Estados Unidos, Chile y Ecuador), complementado con evidencia empírica reciente sobre el consumo hídrico de los centros de
datos. Los hallazgos sugieren que la IA reproduce lógicas extractivistas cuando opera al margen de los saberes locales e
indígenas, genera tensiones sustantivas con el derecho humano al agua (art. 12 CRE), los derechos de la naturaleza (arts. 71-74
CRE) y el principio de precaución, y que el ordenamiento ecuatoriano ofrece vías jurisdiccionales idóneas para tutelar tales
derechos frente a los riesgos tecnológicos. Se propone, en consecuencia, un modelo de gobernanza hídrica plural sustentado en
el diálogo de saberes, la corresponsabilidad intercultural y la exigibilidad constitucional, como vía de reconstrucción
epistemológica y normativa del derecho ambiental orientada al bien común y al equilibrio ecosistémico.
Palabras Clave: In teligencia Artificial; Gobernanza Hídrica; Derechos de la Natu raleza; Justicia Cognitiva; Pluralismo
Jurídico.
Abstract
The emergence of artificial intelligence (AI) in water governance configures an unprecedented constitutional paradox: while its
applications promise to optimize the monitoring and distribution of water, its computational i nfrastructure demands growing
volumes of this resource, creating tensions with the principles of Ecuadorian ecological constitutionalism. This paper examines,
drawing on the thought of Boaventura de Sousa Santos and the theoretical frameworks of cognitive justice and legal pluralism,
the compatibility b etween such technological incorporation and the Ecuadorian leg al order. Methodologically, it articulates a
systemic-structural-functional approach with a hermeneutic-critical method and a comparative jurisprudential analysis (United
States, Chile, and Ecuador), complemented by recent empirical evidence on water consumption in data centers. The findings
suggest that AI reproduces extractivist logics when operating outside local and indigenous knowledge systems, generates
substantive tensions with the human right to water (art. 12 of the Ecuadorian Constitution), the rights of nature (arts. 71-74), and
the precautionary principle, and that the Ecuadorian legal syst em provides suitable jurisdictional remedies to safeguard such
rights against technological risks. Consequently, a plural water governance model is proposed, grounded in the dialogue of
knowledge, intercultural co-responsibility, and constitutional enforceability, as a pathway for the epistemological and normative
reconstruction of environmental law oriented toward the common good and ecosystem balance.
Keywords: Artificial Intelligence; Water Governance; Rights Of Nature; Cognitive Justice; Legal Pluralism.
Ius Humani. Revista de Derecho, 2026, n.1 50
© ISSN: 1390-440X• e-ISSN: 1390-7794 • Páginas 49-76
Introducción
En el contexto contemporáneo de la cuarta revolución tecnológica, la inteligencia artificial (IA)
emerge como una herramienta decisiva en la gestión hídrica, al permitir la modelación de ecosistemas,
la optimización del uso del agua y la predicción de escenarios de escasez o contaminación. Sin
embargo, el uso intensivo de datos y los sistemas de computación necesarios para el funcionamiento
de la IA generan externalidades ambientales de alta magnitud. Según estimaciones recientes, solo en
los Estados Unidos el consumo hídrico de los centros de datos en 2020 alcanzó aproximadamente
660.000 millones de litros, gran parte destinados a procesos de refrigeración (Torres da Silva et al.,
2025, p. 232). Estudios más recientes documentan la aceleración del fenómeno: el informe del
Lawrence Berkeley National Laboratory (2024) sobre el uso energético de los centros de datos en
Estados Unidos evidencia un incremento sostenido del consumo directo de agua para refrigeración y
del consumo indirecto asociado a la generación eléctrica que los abastece, reflejando el crecimiento
acelerado de la infraestructura computacional vinculada a la IA. Lo que refleja esta evidencia es, de
hecho, un dilema estructural: mientras que la IA puede mejorar la eficiencia en el uso del agua, la
propia infraestructura tecnológica puede, paradójicamente, aumentar la presión sobre los recursos al
trasladar la escasez hídrica a nuevas formas de energía y consumo extractivo.
Bajo esta óptica, la integración de la IA para la administración de los recursos hídricos implica no
únicamente retos de carácter técnico, sino también dilemas de naturaleza epistemológica y jurídica.
La automatización de los sistemas de gobernanza hídrica, si no está acompañada de marcos
regulatorios inclusivos, puede generar riesgos de exclusión de los saberes locales, comunitarios e
indígenas que históricamente han sostenido el manejo sostenible de los recursos. La Fricción entre la
eficiencia tecnológica y la justicia hídrica revela un conflicto estructural entre la lógica algorítmica
de la IA y los principios constitucionales del Ecuador, que reconocen al agua como un bien común,
de uso público y fundamental para la vida (Constitución de la República del Ecuador [CRE], 2008,
art. 12). Así, el derecho humano al agua, ahora considerado patrimonio nacional de importancia
estratégica, representa una barrera legal y moral contra la tendencia a privatizar o fomentar la
commodificación tecnoeconómica del recurso.
El problema de investigación se sitúa en la interfaz entre el despliegue de la IA, los derechos de la
naturaleza y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas dentro de un marco de justicia
social intergeneracional. La esencia de la IA se basa en procesos extractivos de datos, energía y agua
y reproduce una lógica antropocéntrica que, dentro del contexto de la Constitución de la República
del Ecuador, contradice indudablemente el paradigma biocéntrico. Este conflicto persiste tanto en la
creciente dependencia de sistemas tecnológicos con un consumo de agua y energía extremadamente
alto, como en la responsabilidad del Estado de defender el uso sostenible de los recursos hídricos en
el marco de los derechos de las generaciones presentes y futuras. El Acuerdo de Escazú, del cual
Ecuador es firmante y ratificante, refuerza este compromiso al establecer que el objetivo de su
aplicación es garantizar el acceso a la información, la participación y la justicia ambiental,
contribuyendo a la protección del derecho de todas las personas y de las generaciones futuras a vivir
en un medio ambiente sano y sostenible, y protegiendo de forma tácita también a la naturaleza
(CEPAL, 2018, art. 1).
A partir de este escenario, la pregunta de investigación que articula el presente trabajo puede
formularse del siguiente modo: ¿en qué medida la incorporación de la inteligencia artificial en la
gobernanza del agua resulta compatible con los principios constitucionales ecuatorianos del derecho
humano al agua, los derechos de la naturaleza y la justicia cognitiva, y qué obligaciones estatales y
vías jurisdiccionales de protección habilita el ordenamiento jurídico ecuatoriano para garantizar dicha
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