Recurso 306-2010 - Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas naturales y/o jurídicas:Carlos Eladio Chumi Peña en contra de Alfonso María Sarmiento Peña y otros
| Fecha de disposición | 17 Mayo 2010 |
| Fecha de publicación | 27 Junio 2013 |
| Número de registro | 306-2010 |
| Número de Gaceta | 14-Edición Especial |
Juicio No. No. 229-2009 WG.
Actor: Carlos Eladio Chumi Peña.
Demandados: Alfonso María, Digna Raquel, Ambrosio Sarmiento Peña, Efrén Gustavo, Félix Adrián, Mercedes de Jesús, Brígida Isabel Criollo Sarmiento, Dr. Segundo
Narváez Rivera, procurador judicial de Claudio Polivio y Luis Agustín Criollo Sarmiento.
Juez Ponente: Dr. Carlos Ramírez Romero.
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
SALA DE LO CIVIL, MERCANTIL Y FAMILIA
Quito, a 17 de mayo de 2010, las 10h50’.
VISTOS: (299-2009 WG): Conocemos la presente causa como Jueces de la Sala Civil, Mercantil y Familia, de la Corte Nacional de Justicia, en mérito a lo dispuesto en el numeral 4, literales a) y b), del apartado IV, DECISIÓN, de la sentencia interpretativa 001-08-SI-CC, dictada por la Corte Constitucional el 28 de noviembre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 479 de 2 de diciembre de 2008, debidamente posesionados el día 17 de diciembre del 2008, ante el Consejo Nacional de la Judicatura; y, en concordancia con el Art. 4 de la Resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia de 17 de diciembre de 2008, publicada en el R. O. No. 498 de 31 de diciembre del mismo año. En lo principal, los demandados Alfonso María, Digna Raquel, Ambrosio Sarmiento Peña, Efrén Gustavo, Félix Adrián, Mercedes de Jesús, Brígida Isabel Criollo Sarmiento, Dr. Segundo Narváez Rivera, procurador judicial de Claudio Polivio y Luis Agustín Criollo Sarmiento, interponen recurso de casación impugnando la sentencia dictada por la Segunda Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Cuenca el 25 de noviembre de 2008, 08h45', que revoca el fallo del juez de primer nivel y declara con lugar la demanda, dentro del juicio ordinario que, por reforma de testamento, sigue contra los recurrentes Carlos Eladio Chumi Peña. El estado del recurso es el de resolver y para hacerlo la Sala considera: PRIMERA.- La Sala es competente para conocer el recurso de casación en virtud de lo dispuesto en el artículo 184 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y en el artículo 1 de la Ley de Casación; y, por cuanto calificado el recurso por la Sala mediante auto de 21 de abril de 2009, las 09h25', por cumplir los requisitos de procedencia, oportunidad, legitimación y formalidades en la forma dispuesta en el Art. 6 de la Ley de Casación, fue admitido a trámite. SEGUNDA.- Los casacionistas estiman que en la sentencia impugnada no se aplicaron las siguientes disposiciones legales: 1) Del Código Civil: Art. 1001, que regula la formación del acervo líquido en la sucesión por causa de muerte; Art. 1248, que norma la aceptación o repudiación de las asignaciones por causa de muerte; Art. 1246, que regula el caso de los bienes sucesorios que estén en diversos lugares. 2) Del Código de Procedimiento Civil: Art. 269, que contiene la definición de sentencia; Art. 273, que expresa las circunstancias que debe decidir la sentencia; Art. 274, que exige la fundamentación de sentencias y autos; Art. 297, que establece los efectos de la sentencia ejecutoriada y de cosa juzgada. Fundan el recurso en la causal primera del Art. 3 de la Ley de Casación "... en cuanto existe falta de aplicación de las normas de derecho puntualizadas en líneas anteriores, incluyendo los precedentes jurisprudenciales obligatorios, que han sido determinantes en la parte dispositiva de la sentencia para que se acepte la demanda y se ordene la reforma del testamento.".
En estos términos los casacionistas determinan el objeto del recurso y los límites de la actividad jurisdiccional de la Sala en virtud del principio dispositivo establecido por el Art. 168.6 de la Constitución de la República y Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial. TERCERA.- Los casacionistas formulan cargos al amparo de la causal primera. 3.1. El vicio que la causal primera imputa al fallo es el de violación directa de la norma sustantiva, incluyendo los precedentes jurisprudenciales obligatorios, porque no se ha dado la correcta subsunción del hecho en la norma; es decir no se ha producido el enlace lógico de la situación particular que se juzga con la previsión abstracta y genérica realizada de antemano por el legislador; yerro que se produce por la aplicación indebida, falta de aplicación o errónea interpretación de las normas de derecho, siempre que estos vicios sean determinantes de la parte dispositiva de la sentencia o auto, lo que el recurrente debe fundamentar debidamente. La aplicación indebida ocurre cuando la norma ha sido entendida rectamente en su alcance y significado; mas se la ha utilizado para un caso que no es el que ella contempla. La falta de aplicación se manifiesta si el juzgador yerra ignorando la norma en el fallo. La errónea interpretación tiene lugar cuando, siendo la norma cuya transgresión se señala la pertinente para el caso, el juzgador le ha dado un...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.