Justicia y garantías

AutorSantiago Andrade/Agustín Grijalva
Páginas235-237
III
JUSTICIA Y GARANTÍAS
Este capítulo trae tres artículos, cuyos autores son: Santiago Andrade
Ubidia, Agustín Grijalva y Claudia Storini.
El tema de los derechos fundamentales y las garantías de su vigencia ha
alcanzado nivel protagónico en la Constitución de Montecristi. Toda ella gira en
torno a su reconocimiento y al sistema de garantías de su efectiva vigencia. Por
ello es tan importante examinar lo relativo a las garantías constitucionales de los
derechos fundamentales, al rol protagónico que le corresponde desempeñar a la
Corte Constitucional y a la nueva estructura que se da a la Función Judicial, a
más de los principios que se establecen para su organización y para la realiza-
ción de la administración de la justicia.
Santiago Andrade en su artículo “La Función Judicial en la vigente Cons-
titución de la República”, en primer lugar se refiere a los nuevos paradigmas,
enfatizando en lo que significa que se declare el Ecuador como un Estado cons-
titucional de derechos y justicia, e igualmente se refiere al nuevo juez cuyo deber
primordial es garantizar efectivamente la vigencia de los derechos fundamentales.
El autor se refiere a los principios de la administración de justicia, el ori-
gen de la potestad de administrar justicia, el alcance de la independencia inter-
na y externa, el sentido de la autonomía administrativa, económica y financiera,
la unidad jurisdiccional, la gratuidad de la administración de justicia, la publici-
dad del proceso y los principios para su sustanciación, y la carrera judicial.
Igualmente, trata de los principios de la Función Judicial, poniendo énfasis en
que se hallan ampliamente desarrollados en la Constitución vigente: acatamien-
to de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y
la ley, de la debida diligencia y la responsabilidad por perjuicios causados, de la
impugnabilidad de los actos administrativos, de la dedicación exclusiva, de la
buena fe y la lealtad procesal, de la preeminencia del interés superior del niño,
de la acción positiva.
A continuación habla del tratamiento unitario del sector justicia, una de las
más interesantes novedades de la Carta Fundamental, y finaliza reseñando la or-
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