La legislación en Hägerström

AutorPatricia Mindus
CargoProfesora de Filosofía Práctica en la Universidad de Uppsala, Suecia
Páginas141-163
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dossier
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Hägerström on Law-making
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Uppsala Universitet, Suecia
Resumen
La relación entre derecho y política es uno de los temas más debatidos en la teoría del derecho.
No hay un consenso sobre el alcance y extensión del elemento político y del elemento jurídico en
el derecho. Legislación es un concepto ambiguo porque designa a la ley que ha sido promulgada,
y, por tanto, el objeto primario de muchas teorías jurídicas modernas; pero también el proceso
de crearla, el cual muchas teorías del derecho, por lo general, colocan fuera del ámbito de la
teoría del derecho y, de modo más especíco, en la esfera política. La primera sección plantea
el problema de la legislación al distinguir un número de diferentes problemas que a menudo
aparecen indistintamente bajo esta etiqueta. Los distintos puntos de vista pueden mirarse de
acuerdo con un espectro que va desde teorías jurídicas que sostienen que la política permea la
ley de manera esencial, hasta aquellas que sostienen lo contrario. El objetivo es situar en este
espectro la perspectiva de Hägerström acerca de la legislación. Mi postura es que el realismo
escandinavo se mantiene en un punto medio entre la idea de que las construcciones ideológicas
afectan al derecho y aquella en que la normatividad jurídica no puede reducirse a la voluntad
de quienes, de facto, detentan el poder; así, el derecho no puede reducirse a ninguna idea de
“voluntad” o “intención”, incluyendo a aquellas de la mayoría o el pueblo. Para fundamentar
este argumento, este artículo investiga la perspectiva de Hägerström acerca del establecimiento
de una nueva constitución a través de una revolución política, última piedra de toque para
mantener la (in)distintividad de la ley y la política. Su conclusión es que el problema no se
puede explicar en términos del descubrimiento del interés público, debido a su enfoque no-
cognitivista; pero este tampoco puede ser explicado en términos de la toma de decisiones. Aquí
legislar equivale al acceso y control de procedimientos técnicos basados en una forma de fe, o en
sus términos propios, “ideas que gobiernan las mentes de los hombres”.
Palabras clave
Axel Hägerström, Legislación, No-cognitivismo, Constitución, Realismo jurídico.
Summary
e relationship between law and politics is one of the most debated topics in legal theory.
ere is no consensus on the range and scope of the political and the legal element in law.
Legislation or lawmaking is conceptually ambiguous because it indicates the law which has been
promulgated, and therefore the primary object of many modern theories of law, but also the
process of making it, that many theories of law usually locate outside the scope of jurisprudence
1 Traducción del artículo: José Gabriel Cornejo, Colegio de Jurisprudencia, Universidad San Francisco de Quito, Ecuador.
Correo electrónico: jgcornejo96@gmail.com.
2 Profesora de Filosofía Práctica en la Universidad de Uppsala, Suecia; directora del Uppsala Forum for Democracy, Peace and
Justice; investigadora del Uppsala Religion and Society Research Centre y jefa de investigaciones en el Institute for Russian and
Eurasian Studies. Correo electrónico: patricia.mindus@loso.uu.se
Recibido: 15/02/2020 – Aceptado: 08/05/2020
Iuris Dictio 25 / Junio 2020 / pp. 141-163
e-ISSN 2528-7834 / DOI: http://dx.doi.org/10.18272/iu.v25i25.1793
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Patricia Mindus
Iuris Dictio Nº25 / Junio, 2020 / pp.141-163. e-ISSN 2528-7834. DOI: http://dx.doi.org/10.18272/iu.v25i25.1793
and more specically in the realm of politics. e rst section sets the problem of legislation by
distinguishing a number of dierent problems that often appear indistinctly under this label.
Standpoints can be viewed according to a spectrum stretching from legal theories holding politics
to essentially permeate the law to those claiming the opposite. e aim is to situate Hägerström’s
view on law-making along this spectrum. My claim is that Scandinavian realism holds middle
ground in that ideological constructs structurally aect the law yet legal normativity cannot
be reduced to the will of de facto holders of power: law cannot be reduced to any idea of will,
including that of the majority or of the people. To substantiate this claim the article investigates
Hägerström’s view on the foundation of a new constitution pursuant to a political revolution,
the ultimate touchstone for maintaining the (in)distinctiveness of law and politics. His bottom
line is that the problem cannot be explained in terms of discovery of public interest, because
of his non-cognitivist approach. But it cannot be explained in terms of decision-making either.
Law-making here amounts to access and control of technical procedures grounded in a form of
faith, or in his own terms “ideas governing men’s minds”.
Keywords
Axel Hägerström, Legislation, Non-Cognitivism, Constitution, Legal Realism.
1. Introducción
Axel Hägerström (1868-1939) fue el cofundador de la Escuela de Uppsala y es considerado
como la fuente de inspiración del realismo jurídico escandinavo. A través de los años se ha dicho
mucho sobre sus investigaciones teóricas: desde su temprano neokantismo hasta su refutación de
la metafísica; su losofía práctica, sobre todo su no-cognitivismo, emotivismo y psicología moral;
su metodología, con rme arraigo en el monismo ontológico y con un estricto apego a las tesis
de Hume; y, por supuesto, la importancia de estas ideas para el desarrollo del movimiento del
realismo jurídico escandinavo, principalmente representado por los seguidores de Hägerström:
Vilhelm Lundstedt (1882-1955), Karl Olivecrona (1897-1980) y Alf Ross (1899-1979) (Mindus,
2009, apéndice). En general, los realistas escandinavos pretendían dar una explicación “realista” del
derecho; i.e., tratar al derecho como un fenómeno social entendido en términos de causalidad. En
contraste con el realismo jurídico norteamericano, que se concentró en la aplicación del derecho,
los realistas escandinavos adoptaron una visión más amplia del sistema jurídico, y, por tanto, de
especial interés para aquellos interesados en la legislación.
A primera vista puede parecer un poco sorpresivo que, a pesar de un siglo de literatura,
cuando se buscan los registros de la teoría de Hägerström sobre la legislación se encuentre un vacío
maniesto. De hecho, no se ha realizado ningún intento de estudiar la aproximación realista de
Hägerström al tema. Sin embargo, muchos aspectos de su trabajo podrían ser investigados bajo
este cariz: desde su crítica a la soberanía popular hasta su polémica contra la “ley positiva” en los
sistemas de fuentes de derecho; desde su análisis del quaestor romano y el juez del common law hasta
su teoría escéptica de la interpretación; desde su ataque a “la voluntad del Estado” hasta sus lecturas
sobre la volonté générale de Rousseau; y mucho más. Creo que existen numerosas razones por las que
la legislación en Hägerström ha permanecido como una materia no abordada. De manera esencial,
estas dependen de superposiciones conceptuales que todavía envenenan gran parte del debate
contemporáneo sobre la legislación, lo cual debe atraer nuestra atención. Legislación (legislation or
law-making) es un concepto ambiguo porque designa a la ley que ha sido promulgada y, por tanto,
al objeto primario de muchas teorías modernas del derecho; pero también al proceso de crearla, que
en muchas teorías del derecho se ubica fuera del ámbito de la teoría del derecho.

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