Ley 127. Ley de promoción y auspicio de encuentros de literatura

CONGRESO NACIONAL

EL PLENARIO DE LAS COMISIONES LEGISLATIVAS

Considerando:

Que la Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad de cuenca, ha venido organizando con todo éxito y en forma periódica, encuentros sobre literatura ecuatoriana;

Que estos eventos se ha constituido en el más alto nivel de exposición crítica de la situación actual de la literatura ecuatoriana;

Que es deber del estado fomentar y promover la cultura, la recreación artística y la investigación científica; y,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente.

LEY DE PROMOCION Y AUSPICIO DE LOS ENCUENTROS SOBRE LITERATURA ECUATORIANA

ARTÍCULO 1

La Universidad de Cuenca, a través de su Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación, continuará organizando el Encuentro sobre Literatura Ecuatoriana, cada tres años.

ARTÍCULO 2

Incrementase el presupuesto de la Universidad de Cuenca en el equivalente al uno por ciento (1%) de su monto total. Este incremento, que se realizará cada año, será adicional e independiente de los incrementos que le corresponden a través del Presupuesto del Gobierno Central o por mandato de otras leyes o decretos y no afectará a los que les corresponde a las demás Universidades y Escuelas Politécnicas del País.

ARTÍCULO 3

La Universidad de Cuenca mantendrá los recursos establecidos en el artículo precedente en una cuenta especial y se destinarán, en su totalidad, a financiar los encuentros que, sobre literatura ecuatoriana, que realizará conforme a lo establecido en el artículo 1.

ARTICULO FINAL.

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y prevalecerá sobre las que se opongan.

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