Leyes. LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS PARA GARANTIZAR PRESUPUESTOS INCREMENTALES EN SALUD Y EDUCACIÓN

Número de Boletín195
SecciónLeyes
EmisorAsamblea Nacional

Oficio No. PAN-SEJV-2022-0047

Quito D.M, 19 de noviembre de 2022

Ingeniero

Hugo del Pozo Barrezueta

DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL

En su Despacho.

De mi consideración:

La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el Proyecto de LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS PARA GARANTIZAR PRESUPUESTOS INCREMENTALES EN SALUD Y EDUCACIÓN.

En sesión del 01 de noviembre de 2022, el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobre la objeción parcial al referido Proyecto de Ley, presentada por el señor Guillermo Lasso Mendoza, Presidente Constitucional de la República, a fecha 07 de octubre de 2022 mediante Oficio No. T.312-SGJ-22-0199.

Por lo expuesto, y tal como disponen los artículos 138 de la Constitución de la República del Ecuador y 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, acompaño el texto de la LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS PARA

GARANTIZAR PRESUPUESTOS INCREMENTALES EN SALUD Y EDUCACION, para que se sirva publicarlo en el Registro Oficial.

Con sentimientos de distinguida consideración.

CERTIFICACIÓN

En mi calidad de Secretario General de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que el día 12 de julio de 2022 la Asamblea Nacional discutió en primer debate el "PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS PARA GARANTIZAR PRESUPUESTOS INCREMENTALES EN SALUD Y EDUCACIÓN" y, en segundo debate el día 08 de septiembre de 2022, siendo en esta última fecha finalmente aprobado.

Dicho Proyecto de Ley fue objetado parcialmente por el Presidente Constitucional de la República el 07 de octubre de 2022, mediante Oficio No. T.312-SGJ-22-0199. Finalmente, en sesión del 01 de noviembre de 2022, el Pleno de la Asamblea Nacional examinó y se pronunció sobre la objeción parcial al referido Proyecto de "LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS PARA GARANTIZAR PRESUPUESTOS INCREMENTALES EN SALUD Y EDUCACIÓN".

Quito D.M., 19 de noviembre de 2022

EL PLENO

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República establece en el número 5 del artículo 3 que es deber primordial del Estado: "planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentadle y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir"',

Que el artículo 26 de la Constitución de la República señala que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indiscutible para el buen vivir;

Que el artículo 32 de la Constitución de la República consagra a la salud como un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación entre otros que sustentan el buen vivir. Además, el Estado deberá garantizar este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación...

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