Sin ley ni organismo técnico: la institucionalidad de la gestión de riesgo de desastres en la respuesta al terremoto de 2016 en Ecuador
| Jurisdicción | Ecuador |
| Fecha | 31 Diciembre 2018 |
| Autor |
FORO 51
Sin ley ni organismo técnico: la institucionalidad
de la gestión de riesgo de desastres en la
respuesta al terremoto de 2016 en Ecuador*
Hugo Cahueñas Muñoz**
RESUMEN
El artículo estudia el marco jurídico ecuatoriano relativo a la gestión de riesgos
de desastres en dos momentos. Primero, se describe el marco jurídico que existía
previo al terremoto del 16 de abril de 2016 (16A); y, en segundo lugar, se anali-
za el marco jurídico generado a partir de decretos expedidos como respuesta al
terremoto. A base de este análisis se concluye que las acciones de respuesta ante
el 16A no se adecuaron plenamente al marco jurídico existente; al contrario, se
presentó una sobreposición de funciones e instituciones. En consecuencia, tenien-
do presente el mandato del poder constituyente y la obligación estatal de proteger
a las personas, las colectividades y la naturaleza de los efectos negativos de los
desastres, el Ecuador debe adoptar una ley de gestión de riesgos que adecue la
dispersión de normas e instituciones, colme las lagunas jurídicas, y solucione la
inconstitucionalidad por la no adecuación legislativa.
Palabras clave: desastres, terremoto, gestión de riesgo, estado de excepción, decla-
ración de emergencia, respuesta a desastres, inconstitucionalidad, no adecuación
legislativa.
ABSTRACT
The article studies the Ecuadorian legal framework related to disaster risk manage-
ment in two moments. First, it describes the legal framework that existed prior to
the earthquake of April 16, 2016 (16A); and, secondly, the legal framework gener-
ated from decrees issued in response to the earthquake is analyzed. Based on this
analysis, it is concluded that the response actions to 16A were not fully adapted
to the existing legal framework, on the contrary, an over position of functions and
institutions was presented. Consequently, bearing in mind the mandate of the con-
stituent power and the state obligation to protect individuals, communities and the
FORO Revista de Derecho, No. 30,
ISSN1390-2466•UASB-E/CEN•Quito,2018
* La asistencia de investigación brindada por Angie Agama y Erick Guapizaca, estudiantes de pregrado de
la Universidad San Francisco de Quito, constituyó un aporte básico en las etapas redacción y revisión.
** Docente del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito.
FORO 30, II semestre 2018
FORO 52
nature of the negative effects of disasters, Ecuador must adopt a risk management
law that adapts the dispersion of standards and institutions, ll the legal gaps, and
solve the unconstitutionality due to the lack of legislative adaptation.
Keywords: Disasters, earthquake, risk management, state of emergency, declara-
tion of emergency, response to disasters, unconstitutionality, non legislative ad-
aptation.
INTRODUCCIÓN
Un terremoto de 7,8 grados en la escala de Richter se registró en la región Costa
del Ecuador el 16 de abril de 2016 (en adelante 16A), generando graves conse-
cuencias humanitarias, entre las cuales se cuantican: 663 personas fallecidas, 6.274
personas heridas, 113 personas rescatadas con vida, y cerca de treinta mil personas
albergadas.1
Con el objetivo de gestionar los riesgos y consecuencias humanitarias de los de-
sastres, el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030
incluye como una de sus prioridades fortalecer la gobernanza del riesgo de desastres
para gestionar el riesgo, para lo cual “es necesario contar con claros objetivos, planes,
competencia, directrices y coordinación en los sectores y entre ellos”.2 En la respuesta
al terremoto del 16A se evidenció una débil gobernanza de la gestión de riesgos; por
ejemplo, a las setenta y dos horas de ocurrido el terremoto, el Presidente de la Repú-
blica designó a varios “ministros para que asuman el control de la respuesta en cada
uno de los cantones afectados”.3
Se debe tener presente que la gestión de riesgo de desastres, según la Estrategia In-
ternacional para la Reducción de Riesgo de Desastres de las Naciones Unidas (UNIS-
DR), es “el proceso sistemático de utilizar directrices administrativas, organizaciones,
1. Secretaría de Gestión de Riesgos, “Informe de Situación No. 71, 19/05/2016 (20h30)”. Disponible en
‹http://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2016/05/INFORME-n71-SIS-
MO-78-20302.pdf›. Consulta: 7 de junio de 2017.
2. Asamblea General de Naciones Unidas, Resolución A/RES/69/283: Marco de Sendai para la Reducción
del Riesgo de Desastres 2015-2030, párr. 26.
3. Secretaría de Gestión de Riesgos, “Informe de Situación No. 65, 16/05/2016”. Disponible en ‹http://
www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2016/05/Informe-de-situación-n°65-espe-
cial-16-05-20161.pdf›. Consulta: 7 de junio de 2017.
FORO
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