Acuerdos. MAP-2018-0020-A Deléguese Al Magíster Carlos Alberto Bernal Aveiga, Coordinador General Administrativo Financiero, Delegado Permanente De Este Ministerio, Anteel Directorio Del Banco Público Denominado Banecuador B.P.

Número de Boletín268
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ACUACULTURA Y PESCA
Viernes 22 de junio de 2018 – 3Registro Of‌i cial Nº 268
Financiero del Ministerio de Acuacultura y Pesca, como
DELEGADO PERMANENTE de este Ministerio, ante el
Directorio de la Corporación Financiera Nacional CFN.
Artículo 2.- El funcionario delegado queda facultado
a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea
pertinentes, para el cabal cumplimiento de esta delegación,
respondiendo directamente de los actos realizados en
ejercicio de la misma.
Artículo 3.- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial Nro.
MAGAP-DSG-2017-0107-A de conformidad a lo que
determina el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva.
Artículo 4.- De la ejecución del presente Acuerdo
Ministerial que entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial, encárguese a la Coordinación General
Administrativa Financiera.
Dado en Manta, a los 04 día(s) del mes de Junio de dos
mil dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sra. Ing. Ana Katuska Drouet Salcedo, Ministra
Acuacultura y Pesca.
MINISTERIO DE ACUACULTURA Y PESCA
Nro. MAP-2018-0020-A
Sra. Ing. Ana Katuska Drouet Salcedo
MINISTRA ACUACULTURA Y PESCA
Considerando:
Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1 Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión.”;
del Ecuador, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
del Ecuador, señala: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
dispone: “DELEGACION DE ATRIBUCIONES.- Cuando
la importancia económica o geográf‌i ca de la zona o
la conveniencia institucional lo requiera, los máximos
personeros de las instituciones del Estado dictarán
acuerdos, resoluciones u of‌i cios que sean necesarios para
delegar sus atribuciones.”;
Que, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
disponen a los Ministros de Estado, dentro de la esfera
de su competencia, que podrán delegar sus atribuciones
y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios;
Que, los artículos 88, 89 y 90 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
señalan la creación, extinción y reforma de los actos
administrativos que expedidos por órganos y entidades
sometidos a dicho Estatuto;
Que, mediante Decreto N° 677 del 13 de mayo de
2015, publicado en el Registro Of‌i cial No. 512 del 1
de junio de 2015, se crea el banco público denominado
BANECUADOR B.P., como una entidad f‌i nanciera que
forma parte del Sector Financiero Púbico.
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 6 del 24 de mayo de
2017, se escinde al Viceministerio de Acuacultura y Pesca
del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y
Pesca, y crea el Ministerio de Acuacultura y Pesca, como
organismo de derecho público, con personería jurídica,
patrimonio y régimen administrativo y f‌i nanciero propios;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 7 del 24 de mayo
de 2017, en su Segunda Disposición Reformatoria, se
sustituyen los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 7 del
Decreto ejecutivo No. 677 del 13 de mayo de 2015, sobre la
estructura del Directorio de BANECUADOR, B.P., por los
siguientes: “(...) 4) El Ministro de Acuacultura y Pesca o su
delegado permanente. (...)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 del 24 de mayo
de 2017, el presidente Constitucional de la República del
Ecuador, designa a la suscrita como Ministra de Acuacultura
y Pesca;
Que, mediante Acuerdo Nro. MAGAP-DSG-2017-0106-A
de fecha 05 de julio de 2017, se designó a la magíster
Alexandra Guadalupe Solórzano García, en su calidad de
Coordinadora General Administrativa Financiera, como
delegada permanente de este Ministerio, ante el direc-
torio del banco público denominador BANECUADOR
B.P.
En ejercicio de las facultades establecidas en la
Modernización del Estado, de conformidad con lo señalado
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