Acuerdos. MCYP-MCYP-2022-0060-A Expídese el Reglamento Interno para el Manejo y Administración del Fondo de Caja Chica MCYP y sus Entidades Operativas Desconcentradas

Número de Boletín76
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Viernes 3 de junio de 2022 Registro Ocial Nº 76
2
República
del Ecuador Ministerio de Cultura y Patrimonio
Dirección: Av. Colón E5-34 y Juan León Mera. Código postal: 170524 / Quito Ecuador
Teléfono: 593-2 381-4550 - www.culturaypatrimonio.gob.ec
ACUERDO Nro. MCYP-MCYP-2022-0060-A
SRA. LCDA. MARÍA ELENA MACHUCA MERINO
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO
CONSIDERANDO
Que, el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador, establece al Ecuador como un Estado
constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural,
plurinacional y laico;
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, faculta a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 226 establece: “Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas
en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, expresa que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
reposición.- Las entidades y organismos del sector público pueden establecer fondos de reposición para
la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las normas técnicas que para el efecto emita el ente rector
de las finanzas públicas. La liquidación de estos fondos se efectuará dentro del ejercicio fiscal
correspondiente.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 05 de 15 de enero del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 22
de 14 de febrero del 2007, reformado con Decreto Ejecutivo 1507, publicado en el Registro Oficial
Suplemento 960, de 23 de mayo de 2013, se declaró política de Estado el desarrollo cultural del país y se
creó el Ministerio de Cultura y Patrimonio;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que
los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus
ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su artículo 54
establece que "La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos
podrán ser desconcentradas en otras jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto será el
traslado de la competencia al órgano desconcertado. La desconcentración se hará por Decreto Ejecutivo
o Acuerdo Ministerial";
Que, la Norma de Control Interno No. 405-08 de la Contraloría General del Estado, en su literal d) “Caja
Chica Institucional, Programas y Proyectos”, establece: “El uso de fondos en efectivo debe implementarse
por razones de agilidad y costo. Cuando la demora en la tramitación rutinaria de un gasto imprevisto y
de menor cuantía pueda afectar la eficiencia de la operación y su monto no amerite la emisión de un
cheque, se justificará la automación de un fondo para pagos en efectivo destinado a estas operaciones”;
Que, la norma ibídem establece que los montos de los fondos de caja chica se fijarán de acuerdo a la
reglamentación emitida por el Ministerio de Finanzas y por la misma entidad. Serán manejadas por
1/9
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR