Acuerdos. MCYP-MCYP-2022-0064-A Extiéndese la delegación conferida mediante Acuerdo Ministerial Nro. MCYP-MCYP-2022-0020-A de 17 de febrero de 2022

Número de Boletín78
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Martes 7 de junio de 2022Registro Ocial Nº 78
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República
del Ecuador
Ministerio de Cultura y Patrimonio
Dirección: Av. Colón E5-34 y Juan León Mera. Código postal: 170524 / Quito Ecuador
Teléfono: 593-2 381-4550 - www.culturaypatrimonio.gob.ec
ACUERDO Nro. MCYP-MCYP-2022-0064-A
SRA. LCDA. MARÍA ELENA MACHUCA MERINO
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, dispone: “A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión ()”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, establece: “La administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 47 del Código Orgánico Administrativo, determina: “La máxima
autoridad administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación
para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su
competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de un órgano o
entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley”;
Que, el artículo 49 del Código ibídem, señala que: “El órgano administrativo es la
unidad básica de organización de las administraciones públicas. Sus competencias nacen
de la ley y las ejercen los servidores públicos, de conformidad con las normas e
instrumentos que regulan su organización y funcionamiento”;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo, determina: “Delegación de
competencias. Los órganos administrativos pueden delegar el ejercicio de sus
competencias, incluida la de gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes ()”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 5 de 15 de enero de 2007 se declaró como política
de Estado el desarrollo cultural del país y creó el Ministerio de Cultura, como organismo
rector del ámbito cultural, el cual mediante Decreto Ejecutivo No. 1507 de 8 de mayo de
2013, pasó a denominarse como Ministerio de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 22 de 24 de mayo de 2021, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, designó a la licenciada María Elena Machuca
Merino como Ministra de Cultura y Patrimonio;
Que, en el Registro Oficial Edición Especial No. 408 de 13 de abril de 2018, se publicó el
Acuerdo Ministerial Nro. DM-2017-055 de 09 de agosto de 2017, a través del cual se
expidió la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del
Ministerio de Cultura y Patrimonio, en cuyo artículo 10 numeral 1.3.2.1., se establece que
son atribuciones y responsabilidades de la Coordinación General Administrativa
Financiera la de proponer y supervisar el cumplimiento de políticas y normas para la
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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