Acuerdos. MCYP-MCYP-2022-0121-A Modifíquese el Acuerdo Ministerial Nro. DM-2019-164 de 6 de septiembre de 2019

Número de Boletín153
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Registro Ocial - Cuarto Suplemento Nº 153
3
Miércoles 21 de septiembre de 2022
Dirección: Av. Colón E5-34 y Juan León Mera
Código postal: 170524 / Quito-Ecuador. Teléfono: +593-2 381 4550
www.culturaypatrimonio.gob.ec
Ministerio de Cultura y Patrimonio
PRESIDENTE
GUILLERMO LASSO
ACUERDO Nro. MCYP-MCYP-2022-0121-A
SRA. LCDA. MARÍA ELENA MACHUCA MERINO
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 151 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “Las ministras y los ministros de
Estado serán de libre nombramiento y remoción por la Presidenta o Presidente de la República, y lo
representarán en los asuntos propios del ministerio a su cargo ()”;
Que, el artículo 154 de la Constitución, establece: “A las ministras y ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a
su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión ()”;
Que, el artículo 226 de la Norma Suprema, dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 233, de la Constitución dispone: “Ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones, y serán responsable
administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos. ()”
Que, el artículo 288 del citado cuerpo legal, manda: “Las compras públicas cumplirán con criterios de
eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. ()”
Que, el artículo 47 del Código Orgánico Administrativo, indica: “La máxima autoridad administrativa de la
correspondiente entidad pública ejerce su representación para intervenir en todos los actos, contratos y
relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de
un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley”;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo, señala: “Los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes ()”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 5, de 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial No. 22, de 14
de febrero de 2007, se declaró como política de Estado el desarrollo cultural del país y creó el Ministerio de
Cultura, como organismo rector del ámbito cultural, el cual mediante Decreto Ejecutivo No. 1507, de 8 de mayo
de 2013, pasó a denominarse como Ministerio de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2019-164 de 6 de septiembre de 2019, el señor Juan Fernando
Velasco, entonces Ministro de Cultura y Patrimonio, expidió delegaciones a autoridades y funcionarios del
Ministerio de Cultura y Patrimonio en materia de contratación pública;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 22 de 24 de mayo de 2021, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, designó a la licenciada María Elena Machuca Merino, como Ministra de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MCYP-MCYP-2021-0130-A de 14 de octubre de 2021, la licenciada
María Elena Machuca Merino, Ministra de Cultura y Patrimonio, reformó el artículo 5 del Acuerdo Ministerial
Nro. DM-2019-164 de 6 de septiembre de 2019;
Que, mediante memorando Nro. MCYP-CGAF-2022-1200-M de 24 de agosto de 2022, la Coordinadora
General Administrativa Financiera, Eliana del Carmen Saltos Abril, remitió a la señora Ministra de Cultura y
Patrimonio, la solicitud de reforma al No. MCYP-MCYP-2021-0130-A de 14 de octubre de 2021,
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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