Acuerdos. MDT-2021-256 Expídese la reforma a la escala de las remuneraciones mensuales unificadas de las y los servidores bajo el régimen de la LOSEP, de las universidades y escuelas politécnicas públicas

Número de Boletín589
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Trabajo
Miércoles 1º de diciembre de 2021 Registro Ocial Nº 589
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DEL TRABAJO
ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2021-256
Arq. Patricio Donoso Chiriboga
MINISTRO DEL TRABAJO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, señala que: "Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos
y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley (…).";
Que, el segundo inciso del artículo 229 de la Constitución de la República, prescribe
que la ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y
remuneraciones para todo el sector público y regulará, entre otros aspectos, el
sistema de remuneración de sus servidores;
Que, el artículo 354 de la Constitución de la República, establece que las
universidades y escuelas politécnicas, públicas y particulares se crearán por ley,
previo informe favorable vinculante del organismo encargado de la planificación,
regulación y coordinación del sistema, que tendrá como base los informes
previos favorables y obligatorios de la institución responsable del aseguramiento
de la calidad ydel organismo nacional de planificación;
Que, elprimer inciso del artículo 355 de la Constitución de la República, , señala que
el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía
académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del
régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución; y el
segundo inciso , reconoce a las universidades y escuelas politécnicas el
derecho a la autonomía, ejercida y comprendida de manera solidaria y
responsable, yque dicha autonomía garantiza, entre otros, el gobierno y gestión
de sí mismas;
Que, el segundo inciso del artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina que todos los organismos previstos en el artículo 225 de la

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