Dictámenes de la Procuraduría General del Estado. Concejos municipales y consejos provinciales

AutorAndrés Páez Benalcázar
Cargo del AutorAbogado y doctor en Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador y egresado de la Facultad de Ciencias Humanas, Escuela de Sociología, especialidad de Ciencias Políticas de la misma universidad
Páginas83-91
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711‘
A
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30. LAS JUNTAS PARROQUIALES NO PUEDEN
BENEFICIARSE DE LOS INGRESOS
QUE LES CORRESPONDEN A ÉSTAS
Autonomía plena de los gobiernos seccionales
Consulta popular
La plena autonomía de los consejos provinciales y de las municipalidades
entraña descentralización política y supera el concepto de autonomía fun-
cional, administrativa y económica, contemplada en la anterior Constitu-
ción.
No es procedente que las juntas parroquiales puedan beneficiarse de los in-
gresos corrientes totales del presupuesto del Gobierno Central, ni de las
asignaciones, transferencias y participaciones que les corresponda a los
consejos provinciales y a los consejos cantonales.
Los consejos provinciales están facultados para ejecutar obras de alcance
provincial, exclusivamente en las áreas rurales de sus respectivas circuns-
cripciones, y puede ejecutar obras en áreas urbanas siempre que éstas se
realicen en coordinación con los concejos municipales.
Los departamentos de Planificación de los organismos del régimen seccio-
nal autónomo son los responsables de los planes de desarrollo provincial o
cantonal, en coordinación con el sistema nacional de planificación, que es
un organismo técnico dependiente de la Presidencia de la República.
Las circunstancias de carácter trascendental que ocurrieren y que sirvieren
de base para convocar a una consulta popular, deben ser entendidas como
aquellas que de modo significativo afectan a la comunidad de la jurisdic-
ción respectiva.
No cabe la expedición de leyes orgánicas para cada uno de los gobiernos
seccionales autónomos.
Consultante:
CONCOPE
Oficio No.:
05753
Fecha:
22 de junio de 1999
Art.1, inciso final, LRP. "Fundamentalmente, su
misión es impulsar el desarrollo cul-
tural y material de la provincia,
y
colaborar con el Estado y las municipalidades de la

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