Acuerdos. MERNNR-MERNNR-2020-0009-AM Deléguese al abogado Carlos Eduardo Viscarra Luzuriaga, asista a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité de Licitaciones Hidrocarburíferas COLH

Número de Boletín172
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
2 – Lunes 30 de marzo de 2020 Registro O cial Nº 172
Págs.
SDH-DRNPOR-2020-0041-A Misión Evangélica
Pentecostés Pueblo Santo para Jehová,
domiciliada en el cantón La Troncal,
provincia del Cañar ................................... 11
SDH-DRNPOR-2020-0042-A Iglesia El Altar de
su Presencia, domiciliada en el cantón
Guayaquil, provincia del Guayas ............ 13
INSTRUMENTO INTERNACIONAL:
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y MOVILIDAD
HUMANA:
- Convenio Básico de Funcionamiento
entre el Gobierno de la República
del Ecuador y la Organización No
Gubernamental Extranjera “Rikolto
International” ............................................ 16
RESOLUCIONES:
AGENCIA DE
REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO - ARCH:
001-001-DIRECTORIO ORDINARIO-ARCH-
2020 Apruébese el cambio en la
Estructura Organizacional de la ARCH 21
SECRETARÍA TÉCNICA
DE JUVENTUDES:
SETEJU-DST-2020-0000002 Créase el Comité de
Seguridad de la Información .................... 23
SERVICIO DE GESTIÓN
INMOBILIARIA DEL SECTOR
PÚBLICO - INMOBILIAR:
INMOBILIAR-DGSGI-2020-0007 Expídese el
Instructivo para la transferencia de
dominio a título gratuito de los bienes
inmuebles de todas las entidades,
instituciones y órganos que forman la
administración pública central a favor de
INMOBILIAR ........................................... 26
SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS
INTELECTUALES:
001-2020-DG-NT-SENADI Expídese la Norma
técnica para la cali cación de auditores,
selección y presentación de la terna para
el examen de auditoría externa de las
entidades parte de la gestión colectiva ..... 31
002-2020-DG-NT-SENADI Expídese la Norma
técnica de control de formatos para la
presentación de información por parte
de las entidades parte de la gestión
colectiva ...................................................... 41
Nro. MERNNR-MERNNR-2020-0009-AM
Sr. Mgs. José Iván Agusto Briones
MINISTRO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Considerando:
Que, el muneral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece la atribución de los
ministros de Estado de ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador determina que las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la norma ibidem establece que
la Administración Pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de e cacia,
e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo
establece que Delegación de competencias. Los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus
competencias, incluida la de gestión;
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 399
publicado en el Registro O cial Nro. 255 del 05 de Junio
del 2018, dispone la fusión por absorción al Ministerio
de Hidrocarburos el Ministerio de Electricidad y Energía
Renovable, Ministerio de Minería y la Secretaría de
Hidrocarburos;
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 399
dispone que una vez concluido el proceso de fusión por
absorción, modifíquese la denominación del Ministerio de
Hidrocarburos a Ministerio Energía y Recursos Naturales
No Renovables;
Que, el artículo 3 de la norma ibidem establece que
una vez concluido el proceso de fusión por absorción,
todas las competencias, atribuciones, funciones,
representaciones y delegaciones constantes en las leyes,
decretos, reglamentos y demás normativa vigente que le
correspondían al Ministerio de Electricidad y Energía
Renovable, al Ministerio de Minería, y a la Secretaría
de Hidrocarburos serán asumidas por el Ministerio de
Energía y Recursos Naturales No Renovables;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 395 de 15 de
mayo de 2018, en su disposición reformatoria cuarta
establece como miembro del Comité de Licitaciones
Hidrocarburíferas COLH al funcionario responsable de la
articulación del Consejo Sectorial;

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