Acuerdos. MIES-2022-030 Refórmese el Acuerdo Ministerial No. 010, de 17 de enero de 2020

Número de Boletín79
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Inclusión Económica y Social
Miércoles 8 de junio de 2022Registro Ocial 79
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ACUERDO MINISTERIAL Nro. MIES-2022-030
Mgs. Esteban Bernal Bernal
MINISTRO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
CONSIDERANDO:
Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia, social,
democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico;
deberes primordiales del Estado, entre otros, “garantizar sin discriminación
alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los
instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la
alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes”; así como,
“planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo
sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para
acceder al buen vivir”;
señala que el contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a
través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas y que el Estado
generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y
ejercicio;
Que, el artículo 35, respecto de los derechos de las personas y grupos de atención
prioritaria, determina que: “Las personas adultas mayores, niñas, niños y
adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas
privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de
alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos
público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en
situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato
infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial
protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad”;
Que, el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: “El
Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo
integral de las niñas, niños y adolescentes y asegurarán el ejercicio pleno de sus
derechos, los mismos que serán prioritarios frente a los de las demás personas”;

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