Acuerdos. MIES-2022-052 Refórmese el Acuerdo Ministerial No. MIES-2022-037 de 22 de junio de 2022

Número de Boletín229
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTRO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
Viernes 13 de enero de 2023 Registro Ocial Nº 229
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ACUERDO MINISTERIAL No. MIES-2022-052
Mgs. Esteban Remigio Bernal Bernal
MINISTRO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador establece que son
deberes primordiales del Estado: “1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo
goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social
yel agua para sus habitantes; (…) 5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la
pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos
y la riqueza, para acceder al buen vivir”;
Que, el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que “la
salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de
otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura
física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen
vivir”;
Que, el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador señala que “las
personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas
con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades
catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los
ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en
situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil,
desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las
personas en condición de doble vulnerabilidad”;
Que, el artículo 43 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que: “El
Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a:
1. No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral. 2. La
gratuidad de los servicios de salud materna. 3. La protección prioritaria y cuidado de su
salud integral y de su vida durante el embarazo, parto y posparto. 4. Disponer de las
facilidades necesarias para su recuperación después del embarazo y durante el periodo
de lactancia”;

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