Acuerdos. MINEDUC-MINEDUC-2020-00007-A Revóquese la delegación contenida en el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC- 2019-00063-A de 04 de octubre de 2019

Número de Boletín196
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Educación
Jueves 24 de noviembre de 2022Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 196
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ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00007-A
SRA. MARÍA MONSERRAT CREAMER GUILLÉN
MINISTRA DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: “1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión ()”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República prevé: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación”;
Que, el artículo 344 inciso segundo de la Norma Constitucional prescribe: “() El Estado ejercerá la
rectoría del Sistema Nacional de Educación a través de la Autoridad Educativa Nacional, que formulará
la política de educación; y, regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así
como el funcionamiento de las entidades del sistema”;
Que, el artículo 25 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural-LOEI establece: La Autoridad
Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le
corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en
materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la
Constitución de la República (...)”;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo establece: “Los órganos administrativos pueden
delegar el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la
misma administración pública, jerárquicamente dependientes ()”;
Que, el artículo 73 del Código Orgánico Administrativo determina: La delegación se extingue por: 1.
Revocación ()”;
Que, el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo prevé: “Las máximas autoridades
administrativas tienen competencia normativa de carácter administrativo únicamente para regular los
asuntos internos del órgano a su cargo, salvo los casos en los que la ley prevea esta competencia para la
máxima autoridad legislativa de una administración pública. La competencia regulatoria de las
actuaciones de las personas debe estar expresamente atribuida en la ley.”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2019-00063-A de 04 de octubre de
2019, el Ministro de Educación, Subrogante, delegó al Coordinador General de Gestión Estratégica para
que “inicie, ejecute y autorice de ser pertinente, todas las etapas inherentes al proceso de contratación
No. BIRF-8542-SBCC-CF-2018-023, cuyo objeto es: “IMPLEMENTACIÓN DE LA BODEGA DE
DATOS (ALMACEN DE DATOS) INSTITUCIONALES DEL MIISTERIO DE EDUCACIÓN”;
Que, mediante memorando No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00028-M de 23 de enero de 2020, la
señora Ministra de Educación dispuso a la Coordinación General de Asesoría Jurídica: “() que a través
de la Dirección Nacional de Normativa Jurídico Educativa, proceda con la elaboración del instrumento
legal respectivo a fin de derogar el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2019-00063-A de 04
de octubre de 2019, mediante el cual el Sr. Ing. Vinicio Napoleón Baquero Ordoñez, Ministro de
Educación Subrogante en esa fecha, delegó al Coordinador General de Gestión Estratégica el inicio,
ejecución y autorización de todas las etapas inherentes al proceso de contratación No.
BIRF-8542-SBCC-CF-2018-023, cuyo objeto es: “IMPLEMENTACIÓN DE LA BODEGA DE DATOS
(ALMACEN DE DATOS) INSTITUCIONALES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN”;
Que, es deber de esta Cartera de Estado garantizar la oportunidad, eficacia y eficiencia de las acciones
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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