Acuerdo MJDHC-MJDHC-2018-0004-A Expídense Los “lineamientos De Planificación Institucional”

Fecha de disposición23 Marzo 2018
Fecha de publicación23 Marzo 2018
SecciónAcuerdos
Número de Gaceta207
instrumentationAcuerdos
Viernes 23 de marzo de 2018 – 13Registro Of‌i cial Nº 207
EMPRESA ELECTRICA AMBATO REGIONAL CENTRO NORTE S.A
LÍNEA DE 138 KV S/E BABAHOYO – S/E CALUMA
TABLA RESUMEN DE UBICACIÓN DE ESTRCUTURAS
ESTRUCTURA Vértice no. COORDENADAS UTM WGS 84 COTA TERRENO
No. Estructura Diseño TIPO ESTE NORTE M
E22 SL2 661444.50 9801892.95 5.50
2.- Realizar las acciones necesarias dentro del proceso de
conexión eléctrica con la Empresa Eléctrica Pública
Estratégica Corporación Nacional de Electricidad
CNEL EP, Unidad de Negocios Bolívar, en los
predios del Ministerio de Justicia y Cultos, ubicados
en el paso lateral de Babahoyo sector la Virginia,
Provincia de Los Ríos, por lo que podrá suscribir
todo documento necesario para concretar este fin; así
como comparecer ante las autoridades competentes.
Artículo 2.- El/la delegado/a deberá motivar todos los
actos o resoluciones que ejecute o adopte en virtud
de esta delegación, harán constar expresamente esta
circunstancia; y, como delegado/a, será responsable
administrativa, civil y penalmente por cualquier falta por
acción u omisión en el ejercicio de la misma.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- Encárguese a la Dirección de Secretaría
General la notificación del presente Acuerdo Ministerial
y publicación del mismo en el Registro Oficial.
Segunda.- El presente Acuerdo Ministerial será puesto
en conocimiento de los señores Contralor General del
Estado y Procurador General del Estado.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- El presente Acuerdo, entrará en vigencia a
partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Oficial. Dado en Quito,
D.M., a los 02 día(s) del mes de Febrero de dos mil
dieciocho.
Documento firmado electrónicamente
Sra. Dra. Rosana Alvarado Carrión, Ministra de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos, del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, certifico que a foja(s) 1-6 es (son) FIEL COPIA
DEL ORIGINAL (Acuerdo No. MJDHC-MJDHC-2018-
0003-A, de 02 de febrero de 2018), que reposa en el
Sistema de Gestión Documental QUIPUX.- de esta
Cartera de Estado.- Quito, 19 de febrero de 2018.- f.) Ab.
Priscila Barrera, Directora Nacional de Secretaría General,
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Nro. MJDHC-MJDHC-2018-0004-A
Sra. Dra. Rosana Alvarado Carrión
MINISTRA DE JUSTICIA,
DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Ecuador, señala: “A las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión [...].”;
del Ecuador, dispone que la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que el artículo 280 de la Carta Magna, señala que el
Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se
sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos;
la programación y ejecución del presupuesto del Estado;
y la inversión y la asignación de los recursos públicos;
su observancia será de carácter obligatorio para el sector
público e indicativo para los demás sectores;
Ecuador, manif‌i esta que las f‌i nanzas públicas, en todos los
niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible,
responsable y transparente y procurarán la estabilidad
económica. Los egresos permanentes se f‌i nanciarán con
ingresos permanentes. Los egresos permanentes para
salud, educación y justicia serán prioritarios y, de manera
excepcional, podrán ser f‌i nanciados con ingresos no
permanentes;
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14 – Viernes 23 de marzo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 207
Que el artículo 5 del Código Orgánico de Planif‌i cación
y Finanzas Públicas, determina que la programación,
formulación, aprobación, asignación, ejecución,
seguimiento y evaluación del Presupuesto General del
Estado, se sujetarán a los lineamientos de la planif‌i cación
del desarrollo;
Que el artículo 81 del Código Orgánico de Planif‌i cación y
Finanzas Públicas establece que los egresos permanentes
se f‌i nanciarán única y exclusivamente con ingresos
permanentes;
Que el artículo 115 del Código Orgánico Planif‌i cación
y Finanzas Públicas, establece que ninguna entidad u
organismo del sector público, ni funcionario o servidor de
los mismos, contraerá compromisos, celebrará contratos,
autorizará o contraerá obligaciones, respecto de recursos
f‌i nancieros, sin que conste la respectiva asignación
presupuestaria y sin que haya disponible un saldo suf‌i ciente
para el pago completo de la obligación correspondiente;
en su artículo 77 establece entre las atribuciones de los
Ministros de Estado y de las máximas autoridades de las
instituciones del Estado, el: “Dictar los correspondientes
reglamentos y demás normas secundarias necesarias para
el ef‌i ciente, efectivo y económico funcionamiento de las
instituciones.”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Presidente Constitucional de la República del
Ecuador, nombró a la doctora Rosana Alvarado Carrión,
como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos;
Que el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional Por
Procesos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, en su artículo señala que la misión de esta Cartera
de Estado es: “Velar por el acceso a una justicia oportuna,
independiente y de calidad, promover la paz social, la
plena vigencia de los derechos humanos, la regulación y
promoción de la libertad de religión, creencia y conciencia,
mejorar la rehabilitación y su reinserción social en las
personas adultas privadas de libertad y el desarrollo
integral en adolescentes infractores o en conf‌l icto con la ley
penal, mediante normas, políticas, programas, proyectos
y actividades coordinadas con sus unidades territoriales
desconcentradas y las instituciones relacionadas”;
Que dentro de las atribuciones de la Ministra de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos establecidos en el artículo
17 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional Por
Procesos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, le corresponde expedir normas de acuerdo con la
Constitución;
Que las normas de control interno para las entidades,
organismos del sector público y personas jurídicas de
derecho privado fueron expedidas por la Contraloría
General del Estado mediante Acuerdo Nro. 39 publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 87 de 2 de diciembre de 2009,
y que en su norma 100-04 establece que los servidores
públicos presentarán informes periódicos en los que se hará
constar la relación entre lo planif‌i cado y lo ejecutado, la
explicación de las variaciones signif‌i cativas, sus causas
y las responsabilidades por errores, irregularidades y
omisiones;
Que la Norma de Control Interno de Contraloría 200-02,
dispone que las entidades del sector público y las personas
jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos
públicos requieren para su gestión, la implantación de
un sistema de planif‌i cación que incluya la formulación,
ejecución, control, seguimiento y evaluación de un plan
plurianual institucional y planes operativos anuales,
que considerarán como base la función, misión y visión
institucionales y que tendrán consistencia con los planes
de gobierno y los lineamientos del organismo técnico de
planif‌i cación [...] Los planes operativos constituirán la
desagregación del plan plurianual y contendrán: objetivos,
indicadores, metas, programas, proyectos y actividades que
se impulsarán en el período anual, documento que deberá
estar vinculado con el presupuesto a f‌i n de concretar lo
planif‌i cado en función de las capacidades y la disponibilidad
real de los recursos;
Que la Norma de Control Interno de Contraloría 402-
01 señala que en la formulación del presupuesto de las
entidades del sector público se observarán los principios
presupuestarios de: universalidad, unidad, programación,
equilibrio y estabilidad, plurianualidad, ef‌i ciencia, ef‌i cacia,
transparencia, f‌l exibilidad y especif‌i cación, para que el
presupuesto cuente con atributos que vinculen los objetivos
del plan con la administración de recursos, tanto en el
aspecto f‌i nanciero, como en las metas f‌i scales;
Que la Norma de Control Interno de Contraloría 402-02
establece que en el control previo a la autorización para la
ejecución de un gasto, las personas designadas verif‌i carán
previamente que la operación f‌i nanciera esté directamente
relacionada con la misión de la entidad y con los programas,
proyectos y actividades aprobados en los planes operativos
anuales y presupuestos;
Que mediante informe técnico Nro. MJDHC-CGP-2018-01
de 24 de enero de 2018, suscrito por la Coordinadora
General de Planif‌i cación, remite los “Lineamientos de
Planif‌i cación Institucional” y recomienda la suscripción del
instrumento legal para el cumplimiento de los mismos por
la máxima Autoridad.
En ejercicio de las atribuciones que me conf‌i ere el numeral
Ecuador; los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;
Acuerda:
Expedir los “LINEAMIENTOS DE PLANIFICACIÓN
INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA,
DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.”
CAPÍTULO I
ÁMBITO, OBJETO Y PRINCIPIOS
Artículo 1.- Ámbito.- Los siguientes lineamientos
de planif‌i
cación institucional serán de cumplimiento
obligatorio para todas las unidades, dependencias,
funcionarios y servidores públicos del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
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