Acuerdos 02/2017. Modifíquese Acuerdo No. 038/2014 de 04 de diciembre del 2014

Número de Boletín970
SecciónAcuerdos
EmisorDirección General de Aviación Civil
44 – Viernes 24 de marzo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 970
Sociales y Ciudadanas, cuyo artículo 16 establece los
requisitos y procedimiento para la reforma de estatuto de
las organizaciones;
Que; a través del Acuerdo Ministerial No. 4040 de 12 de
abril de 1994, el Ministerio de Salud Pública aprobó el
estatuto constitutivo y otorgó personalidad jurídica a la
Sociedad Ecuatoriana de Radiología y Diagnostico por
Imágenes Núcleo de Loja;
Que, en Asamblea General de 27 de enero de 2017, los
miembros de la Sociedad Ecuatoriana de Radiología y
Diagnóstico por Imágenes Núcleo de Loja, aprobaron
unánimemente la reforma integral del estatuto de la
organización;
Que, mediante comunicación de 15 de febrero de 2017,
la Presidenta de la Sociedad Ecuatoriana de Radiología
y Diagnóstico por Imágenes Núcleo de Loja solicitó la
reforma del estatuto y el cambio de denominación de la
referida organización;
Que, de la revisión y análisis de la documentación remitida
realizada por la Dirección Nacional de Consultoría Legal,
que consta del “Informe de cumplimiento de requisitos
de las organizaciones sociales y ciudadanas” No.
DNCL-G-02-2017 de 16 de febrero de 2017, se desprende
que la Sociedad Ecuatoriana de Radiología y Diagnostico
por Imágenes Núcleo de Loja, cumple con los requisitos
establecidos en el Reglamento para el Funcionamiento del
Sistema Unif‌i cado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas; y,
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el cambio de denominación de la
“Sociedad Ecuatoriana de Radiología y Diagnostico por
Imágenes Núcleo de Loja” por “Sociedad de Radiología e
Imagen de Loja”; y la reforma y codif‌i cación de su estatuto.
Art. 2.- La Sociedad de Radiología e Imagen de Loja
deberá cumplir con todas las obligaciones previstas
en el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema
Unif‌i cado de Información de las Organizaciones Sociales y
Ciudadanas expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 739
publicado en el Registro Of‌i cial No. 570 de 21 de agosto
de 2015.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.-
03 de marzo de 2017.
f.) Dr. Rodrigo Fernando Cornejo León, Viceministro de
Gobernanza y Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito a, 06 de marzo de
2017.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud
Pública.
No. 02/2017
EL DIRECTOR GENERAL
DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 038/2014 de 04 de diciembre
del 2014, el Consejo Nacional de Aviación Civil, renovó
a la compañía AEREOCOPTER S.A., su concesión de
operación para la prestación del servicio de transporte aéreo
público, doméstico, no regular, de pasajeros, carga y correo,
en forma combinada, en la modalidad de Taxi Aéreo, en
el territorio ecuatoriano, excepto las Regiones Interandina
e Insular, en el que constan las clausulas SEGUNDA y
CUARTA, objeto de esta modif‌i cación de la siguiente
manera:
“…Aeronaves a utilizar: “La aerolínea” utilizará en su
servicio, equipo de vuelo consistente en helicópteros
Robinson R-44 Raven…”,
“…Centro principal de operaciones y mantenimiento:
La base principal de operaciones, mantenimiento de “la
aerolínea” se encuentra ubicada en el aeropuerto José
Joaquín de Olmedo de la ciudad de Guayaquil.”;
Que, con of‌i cio No. AC-001-2016 de 24 de noviembre
de 2016, ingresado al Sistema de Gestión Documental
QUIPUX, con Registro Nro. DGAC-AB-2016-10848-E
el 30 noviembre del 2016, el Gerente General de la
compañía AEREOCOPTER S.A., solicita: “…modif‌i car el
Permiso de Operación para la explotación del servicio de
transporte aéreo público doméstico no regular de pasajeros,
carga y correo en forma combinada, en la modalidad de
Taxi Aéreo, en el territorio ecuatoriano de la compañía
AEREOCOPTER S.A., a f‌i n de incorporar un nuevo equipo
y una sub-base para el desarrollo de sus operaciones mismos
que permitirán efectuar actividades de transporte aéreo en
la región interandina…”;
Que, con memorando Nro. DGAC-AB-2016-1154-M, de
09 de diciembre de 2016, se elevó a conocimiento del señor
Director General de Aviación Civil, la solicitud presentada
por la compañía AEREOCOPTER S.A., se adjuntó el
respectivo Extracto para su legalización y su posterior
publicación en la Página Web del CNAC;
Que, mediante of‌i cio Nro. DGAC-AB-2016-0059-O, de 14
de diciembre de 2016, se notif‌i có por escrito a las aerolíneas
que operan en el indicado servicio, respecto de la solicitud

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