Acuerdos. MPCEIP-DMPCEIP-2019-0098 Desígnese al/la Director/a Zonal 1, como Delegado/ante la Junta General de Accionistas de Compañía Parque Industrial de Imbabura A.

Número de Boletín103
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Miércoles 18 de diciembre de 2019 – 5Registro O cial Nº 103
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 559 publicado en
el Registro O cial Suplemento No. 387 de 13 de diciembre
de 2018, dispone:”Fusiónese por absorción al Ministerio
de Comercio Exterior e Inversiones las siguientes
instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad,
el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones
Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca”;
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 636 suscrito
el 11 de enero de 2019, dispone la creación de los
Viceministerios de Producción e Industrias, Promoción de
Exportaciones e Inversiones, y Acuacultura y Pesca, de
manera adicional al Viceministerio de Comercio Exterior,
en la estructura orgánica del Ministerio de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
Que, el artículo 3 del Decreto Ibídem, determina “Una vez
concluido el proceso de fusión por absorción, todas las
competencias, atribuciones, funciones, representaciones y
delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos
y demás normativa vigente que le correspondía al
Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras;
y, al Ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas
por e1 Ministerio de Producción, Comercio Exterior,
Inversión y Pesca”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 811 de 27 de junio
de 2019, el Presidente de la República, designó al señor
Iván Ontaneda Berrú, como Ministro de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 19 025 de 29 de
octubre de 2019, el Ministro de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca, expidió el Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca
(MPCEIP); y,
Que, el artículo 3 de la Resolución del Consejo de
Educación Superior Nro. 6 “Reglamento Interno del
Consejo de Educación Superior”, dispone: “El Consejo de
Educación Superior desarrollará su trabajo a través de
comisiones permanentes y ocasionales, de acuerdo a las
necesidades institucionales, conforme lo establezca este
Reglamento y demás normas pertinentes”.
En ejercicio de las atribuciones que le con ere el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República, los
artículos 55 y 68 del Código Orgánico Administrativo; y,
el Decreto Ejecutivo No. 811,
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al Subsecretario/a de MIPYMES y
Artesanías, como delegado/a permanente del Ministerio de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, ante
el Consejo de Educación Superior - CES y la Comisión
Ocasional para las reformas al reglamento de formación
dual.
Artículo 2.- El/a delegado/a observará la normativa legal
aplicable y responderá directamente de los actos realizados
en el ejercicio de la presente delegación; debiendo
informar de manera periódica a la máxima autoridad de
esta Cartera de Estado.
Artículo 3.- La presente delegación no constituye
renuncia a las atribuciones asignadas por la ley al
titular del Ministerio de Producción, Comercio Exterior,
Inversiones y Pesca, puesto que el mismo cuando lo
estime procedente, podrá intervenir en cualquiera de los
actos materia del presente Acuerdo; y, ejercer cualquiera
de las funciones previstas en el mismo.
Artículo 4.- Se deroga todo acuerdo ministerial,
instrumento legal o documento que se oponga a lo
dispuesto en el presente.
Artículo 5.- Notifíquese con el presente Acuerdo
Ministerial al funcionario delegado, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 101 y 164 del Código
Orgánico Administrativo.
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro O cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Guayaquil, a los 20 día(s) del mes de Noviembre
de dos mil diecinueve.
Documento rmado electrónicamente.
Sr. Iván Fernando Ontaneda Berrú, Ministro de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- CERTIFICO.-
Es el copia del original que reposa en Quipux.- Fecha: 21
de noviembre de 2019.- Firma: Ilegible.
Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2019-0098
Sr. Iván Fernando Ontaneda Berrú
MINISTRO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Considerando:
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la
República, señala que: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: l. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión
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