Resoluciones. MPCEIP-SC-2019-0002-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la cuarta revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2206 (Aparatos de refrigeración domésticos. Requisitos y métodos de ensayo)

Número de Boletín434
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Viernes 22 de febrero de 2019 – 31Registro O cial Nº 434
DISPOSICIÓN FINAL.- Encárguese al Coordinador
General Jurídico, o quien haga sus veces, noti que con el
contenido de este Acuerdo, a las autoridades que presiden
los cuerpos colegiados, a la servidora delegada en el
presente instrumento, así como, a la delegada saliente, para
su oportuna ejecución.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
O cial.
CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE.
DADO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE
QUITO, A 01 DE FEBRERO DE 2019.
f.) Ing. Juan Carlos Proaño Cordero, Secretario Nacional de
Plani cación y Desarrollo, Encargado.
Es el copia del original.- Lo certi co.- f.) Ilegible.
No. MPCEIP-SC-2019-0002-R
Quito, 01 de febrero de 2019
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
52 de la Constitución de la República del Ecuador, “Las
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una
información precisa y no engañosa sobre su contenido y
características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad
y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro O cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 2 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro O cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
dispone que las normas técnicas ecuatorianas, códigos,
guías de práctica, manuales y otros documentos técnicos
de autoría del INEN deben estar al alcance de todos los
ciudadanos sin excepción, a n de que se divulgue su
contenido sin costo;
Que, mediante Resolución No. 11211 del 12 de
julio de 2011, publicado en el Registro O cial
No. 512 del 15 de agosto de 2011, se o cializó
con carácter de Voluntaria la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN 2206 ARTEFACTOS DE
REFRIGERACIÓN DOMÉSTICOS CON O SIN
ESCARCHA. REFRIGERADORES CON O SIN
COMPARTIMIENTO DE BAJA TEMPERATURA.
REQUISITOS E INSPECCIÓN (Tercera revisión);
Que, la Cuarta revisión de la indicada norma ha seguido
el trámite regular de conformidad al Instructivo Interno
del INEN para la elaboración y aprobación de documentos
normativos del INEN mediante el estudio y participación
en Comités Nacionales Espejo establecido mediante
Resolución No. 2017-003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la
Dirección de Gestión Estratégica de la Calidad de la
Subsecretaría de Calidad, contenido en la Matriz de
Revisión No. MET-0266 de fecha 30 de enero de 2019,
se procedió a la aprobación y o cialización de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2206 APARATOS DE
REFRIGERACIÓN DOMÉSTICOS. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYO (Cuarta revisión);
Que, de conformidad con el último inciso del Articulo
8 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem el cual establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y o cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Cuarta revisión de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2206 APARATOS DE
REFRIGERACIÓN DOMÉSTICOS. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYO (Cuarta revisión), mediante
su publicación en el Registro O cial, a n de que exista
un justo equilibrio de intereses entre proveedores y
consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro O cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y o cializar las propuestas de normas
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