Resoluciones. MPCEIP-SC-2019-0002-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la cuarta revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2206 (Aparatos de refrigeración domésticos. Requisitos y métodos de ensayo)
Número de Boletín | 434 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA |
Viernes 22 de febrero de 2019 – 31Registro Ofi cial Nº 434
DISPOSICIÓN FINAL.- Encárguese al Coordinador
General Jurídico, o quien haga sus veces, notifi que con el
contenido de este Acuerdo, a las autoridades que presiden
los cuerpos colegiados, a la servidora delegada en el
presente instrumento, así como, a la delegada saliente, para
su oportuna ejecución.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE.
DADO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE
QUITO, A 01 DE FEBRERO DE 2019.
f.) Ing. Juan Carlos Proaño Cordero, Secretario Nacional de
Planifi cación y Desarrollo, Encargado.
Es fi el copia del original.- Lo certifi co.- f.) Ilegible.
No. MPCEIP-SC-2019-0002-R
Quito, 01 de febrero de 2019
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
52 de la Constitución de la República del Ecuador, “Las
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una
información precisa y no engañosa sobre su contenido y
características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad
y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro Ofi cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 2 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Ofi cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
dispone que las normas técnicas ecuatorianas, códigos,
guías de práctica, manuales y otros documentos técnicos
de autoría del INEN deben estar al alcance de todos los
ciudadanos sin excepción, a fi n de que se divulgue su
contenido sin costo;
Que, mediante Resolución No. 11211 del 12 de
julio de 2011, publicado en el Registro Ofi cial
No. 512 del 15 de agosto de 2011, se ofi cializó
con carácter de Voluntaria la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN 2206 ARTEFACTOS DE
REFRIGERACIÓN DOMÉSTICOS CON O SIN
ESCARCHA. REFRIGERADORES CON O SIN
COMPARTIMIENTO DE BAJA TEMPERATURA.
REQUISITOS E INSPECCIÓN (Tercera revisión);
Que, la Cuarta revisión de la indicada norma ha seguido
el trámite regular de conformidad al Instructivo Interno
del INEN para la elaboración y aprobación de documentos
normativos del INEN mediante el estudio y participación
en Comités Nacionales Espejo establecido mediante
Resolución No. 2017-003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la
Dirección de Gestión Estratégica de la Calidad de la
Subsecretaría de Calidad, contenido en la Matriz de
Revisión No. MET-0266 de fecha 30 de enero de 2019,
se procedió a la aprobación y ofi cialización de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2206 APARATOS DE
REFRIGERACIÓN DOMÉSTICOS. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYO (Cuarta revisión);
Que, de conformidad con el último inciso del Articulo
8 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem el cual establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y ofi cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Cuarta revisión de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2206 APARATOS DE
REFRIGERACIÓN DOMÉSTICOS. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYO (Cuarta revisión), mediante
su publicación en el Registro Ofi cial, a fi n de que exista
un justo equilibrio de intereses entre proveedores y
consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Ofi cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y ofi cializar las propuestas de normas
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