Resoluciones. MPCEIP-SC-2019-0010-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 7165 (Protección contra incendios – Extintores de incendio portátiles – Desempeño y construcción (ISO 7165:2017 IDT))
Número de Boletín | 434 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA |
Viernes 22 de febrero de 2019 – 33Registro Ofi cial Nº 434
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Gestión Estratégica de Calidad de la Subsecretaría de
Calidad contenido en la Matriz de Revisión No. MET-0268
de fecha 28 de enero de 2019, se procedió a la aprobación
y ofi cialización de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 3123 GRIFERÍA. LLAVES. DEFINICIONES,
REQUISITOS Y MÉTODOS DE ENSAYO (Primera
revisión);
Que, de conformidad con el último inciso del Articulo
8 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem el cual establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y ofi cializar con el carácter de
VOLUNTARIA La Primera revisión de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 3123 GRIFERÍA.
LLAVES. DEFINICIONES, REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYO, mediante su publicación en el
Registro Ofi cial, a fi n de que exista un justo equilibrio de
intereses entre proveedores y consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25
de noviembre de 2011, publicado en el Registro Ofi cial
No. 599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de
Industrias y Productividad delega a la Subsecretaria de la
Calidad la facultad de aprobar y ofi cializar las propuestas
de normas o reglamentos técnicos y procedimientos de
evaluación de la conformidad propuestos por el INEN, en el
ámbito de su competencia, de conformidad con lo previsto
en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su
reglamento general;
Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 559 del 14 de
noviembre de 2018, publicado en el Registro Ofi cial
Suplemento N° 387 del 13 diciembre de 2018, en su artículo
1 se decreta “Fusiónese por absorción al Ministerio
de Comercio Exterior e Inversiones las siguientes
instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad,
el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones
Extranjeras, y el ministerio de Acuacultura y Pesca”; y
en su artículo 2 dispone “Una vez concluido el proceso
de fusión por absorción, modifíquese la denominación del
Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones a Ministerio
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una
vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las
competencias, atribuciones, funciones, representaciones, y
delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos,
y demás normativa vigente, que le correspondían al
Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras, y
el ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas por el
Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones
y Pesca”, y;
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y ofi cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Primera revisión de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 3123 (Grifería. Llaves.
Defi niciones, requisitos y métodos de ensayo), que
establece las defi niciones, requisitos y métodos de
ensayo para llaves utilizadas en grifería.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de
Normalización, INEN, que de conformidad con el Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Ofi cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 3123
GRIFERÍA. LLAVES. DEFINICIONES, REQUISITOS
Y MÉTODOS DE ENSAYO (Primera revisión), en la
página web de esa institución, www.normalizacion.gob.ec.
ARTÍCULO 3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN 3123 (Primera revisión), reemplaza a la NTE
INEN 3123:2017 y entrará en vigencia desde la fecha de su
publicación en el Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Ofi cial.
Documento fi rmado electrónicamente
Mgs. Armin Pazmiño Silva, Subsecretario de Calidad.
No. MPCEIP-SC-2019-0010-R
Quito, 05 de febrero de 2019
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
de la Constitución de la República del Ecuador, “Las
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
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