Resoluciones. MPCEIP-SC-2022-0076-R Retírese en su totalidad el documento NTE INEN 1452 Reactivos para análisis. Ácido nítrico (HNO3) PM 63,01. Requisitos, vigente desde el año 1986

Número de Boletín71
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Viernes 27 de mayo de 2022 Registro Ocial Nº 71
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Resolución Nro. MPCEIP-SC-2022-0076-R
Quito, 04 de mayo de 2022
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
VISTOS:
1. El Informe Técnico Nro. INEN-DNO-076de 16 de junio de 2021, elaborado por la
Secretaria Técnica del INEN describe el análisis realizado al documento NTE INEN
1452:1986, Reactivos para análisis. Ácido nítrico (HNO3) PM 63,01. Requisitos y
concluye: “En la producción y comercialización de reactivos para análisis como el
ácido nítrico, se utiliza la ficha técnica de la casa química comercial y el número de
registro CAS, el cual es reconocido universalmente para proporcionar la
identificación única de las sustancias químicas orgánicas e inorgánicas, tales como
aleaciones, metales, minerales, mezclas, polímeros, isótopos, sales, proteínas y
ácidos nucleicos, por lo que se sugiere utilizar los documentos descritos más no un
documento normativo. La base de estudio utilizada para la formulación de la NTE
INEN 1452 y NTE INEN 1447 corresponde a la publicación de la American
Chemical Society (ACS), la cual no se encuentra establecida dentro de la jerarquía
de la pirámide de normalización; además, esta publicación es una revista que se
genera en el ámbito de las ciencias químicas y en su prólogo señala que la
información descrita en el documento debe ser verificada conjuntamente con las
leyes locales, así como el manejo de los reactivos químicos o los métodos de
ensayo”, y recomienda “se recomienda realizar el retiro de los documentos NTE
INEN 1452:1986, Reactivos para análisis. Ácido nítrico (HNO3) PM 63,01.
Requisitos ()”.
2. El correo electrónico de 9 de julio del 2021, mediante el representante de la ARCSA
pone en conocimiento lo siguiente: “En base a lo anterior descrito, es parte de la
regulación, control y vigilancia sanitaria de la Arcsa, los reactivos bioquímicos con
fines para diagnóstico In Vitro.”
3. El correo electrónico de 12 de julio de 2021, la Secretaria Técnica del INEN, pone
en conocimiento de los asistentes a la reunión de trabajo lo siguiente: “Remito la
respuesta a la consulta realizada a la ARCSA sobre si dispone de alguna regulación
sobre reactivos para análisis. De acuerdo con lo indicado con la ARCSA se
continuará con el proceso de retiro de las normas de reactivos para análisis que
fueron presentadas en la reunión de trabajo realizada el 2021-07-08.”
4. El Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0809-OF de 20 de septiembre de 2021, el INEN
menciona lo siguiente: “me permito remitir el documento para el trámite con el que
se deben dejan sin efecto los siguientes documentos normativos, por la
inaplicabilidad de sus disposiciones luego de un análisis técnico (informe adjunto a
este documento)”.
5. El Oficio Nro. MSP-SNGCSS-2021-0237-O de 08 de noviembre de 2021, el
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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