Resoluciones. MPCEIP-SC-2022-0249-R Apruébese y oficialícese con el carácter de obligatorio la Modificatoria 6 a la primera revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 136 (1R) “Motocicletas”

Número de Boletín173
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Jueves 20 de octubre de 2022Registro Ocial Nº 173
11
Resolución Nro. MPCEIP-SC-2022-0249-R
Quito, 01 de octubre de 2022
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
VISTOS:
1. El Oficio Nro. ANT-CGRTTTSV-2022-0154-O de 05 de agosto de 2022, mediante el cual
la Agencia Nacional de Tránsito - ANT se dirige al Servicio Ecuatoriano de Normalización -
INEN y señala que “Durante el desarrollo de las reuniones donde participaron los equipos
técnicos del INEN y ANT efectuadas los días 03 y 05 de agosto de 2022 () y en el marco de
las competencias de la Agencia Nacional de Tránsito, remite la Modificatoria 6 al RTE INEN
136 (1R) “Motocicletas”, formulada por las unidades técnicas del INEN y de la Dirección de
Regulación de la ANT”.
2. El Oficio Nro. INEN-INEN-2022-0722-OF de 05 de agosto de 2022, mediante el cual el
INEN se dirige a la Presidencia de la República y señala la “() necesidad de la
Modificatoria 6 al RTE INEN 136 (1R) vigente con la finalidad de facilitar el comercio
internacional, y a la vez solicita a la Secretaría General de la Presidencia de la República;
que es responsable de dirigir, regular, controlar, coordinar y gestionar la política de mejora
regulatoria; su pronunciamiento de conformidad al literal d) del Artículo 3 del Decreto
Ejecutivo No. 1204 del 2020-12-04; para presentarlo al MPCEIP junto a la propuesta de
derogación del reglamento para su aprobación; para lo cual se remite el Informe Técnico
Nro. DRE-2022-070 de fecha 26 de mayo de 2022 y así, dar cumplimiento a normativa legal
antes mencionada”.
3. El Informe Técnico Nro. DRE-2022-070 de 26 de mayo de 2022, con asunto: “Informe de
justificación técnica para recomendar la Modificatoria 6 al RTE INEN 136 (1R)
“Motocicletas”, suscrito por el Especialista y Director Técnico de Reglamentación, donde el
INEN recomienda que “() con el fin de alinear el reglamento citado bajo Buenas Prácticas
Regulatorias con requisitos mínimos de seguridad de normas vigentes; a fin de mantener
armonía con la revisión del PRTE 034; que su proceso de Notificación y Entrada en Vigencia
de este Proyecto será posterior a la caducidad del tiempo establecido en la Modificatoria 5
del RTE INEN 136; y, considerando los alcances de designación de Organismos de
Inspección Designados bajo este reglamento, se recomienda analizar la propuesta de
Modificatoria 6 al reglamento técnico RTE INEN 136 (1R)”.
4. El Oficio Nro. INEN-INEN-2022-0732-OF de 08 de agosto de 2022, mediante el cual el
INEN señala que “() en base a las Mesas de Trabajo realizadas en conjunto con la Agencia
Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial;
llevadas a cabo en fecha 03 y 05 de agosto de 2022, por lo que convoca al MTOP, ANT,
MPCEIP, SAE “() para la mesa de trabajo de la revisión de la Modificatoria 6 al RTE
INEN 136 (1R) “Motocicletas, modalidad: virtual, el miércoles, 10 de agosto de 2022”.
5. El Oficio Nro. ANT-DRTTTSV-2022-1501-O de 10 de agosto de 2022, en alcance al
1/9
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Jueves 20 de octubre de 2022 Registro Ocial Nº 173
12
Resolución Nro. MPCEIP-SC-2022-0249-R
Quito, 01 de octubre de 2022
Oficio No. ANT-CGRTTTSV-2022-0154-O de 05 de agosto de 2022, mediante el cual la
ANT señala al INEN que “De conformidad con los compromisos asumidos en la reunión de
trabajo desarrollada el 10 de agosto de 2022 () para la revisión de la propuesta de
Modificatoria 6 al RTE INEN 136 donde se expusieron observaciones al documento, se ha
procedido a reformular la disposición transitoria segunda y se rectificó la Tabla A
“Requisitos de Seguridad” del documento; en tal virtud, remite el documento que recoge y
subsana las observaciones señaladas”.
6. El Oficio Nro. INEN-INEN-2022-0746-OF de 11 de agosto de 2022, mediante el cual el
INEN señala que “() el INEN conjuntamente con la ANT (entidad rectora) han trabajado
en la propuesta de Modificatoria 6 al RTE INEN 136 (1R) “Motocicletas” vigente”, por lo
que “() dando continuidad al proceso de mejora regulatoria, la ANT y el INEN convocan a
la Mesa Pública - Privada que se llevará a cabo el 16 de agosto de 2022 para la revisión del
documento en mención. Es importante recalcar que esta mesa constará de la participación de
todas las partes interesadas”.
7. El Oficio Nro. ANT-DRTTTSV-2022-1575-O de 26 de agosto de 2022, mediante el cual la
ANT señala que “De conformidad con los compromisos asumidos en la reunión de trabajo
desarrollada el 10 de agosto de 2022 () y según lo establecido en el Informe Técnico No.
DRE-2022-070 de 16 de mayo de 2022 emitido por el INEN, se indica que la propuesta de
modificatoria se categorice como prioritaria (urgente) para la notificación y sea publicada
por 30 días, a fin de que se recojan las observaciones pertinentes y sean tratadas para que el
documento entre en vigencia en el tiempo máximo establecido en la modificatoria 5
(04/10/2022) lo cual evitará que los vehículos sujetos al cumplimiento del RTE INEN 136
vigente, no cuenten con una regulación una vez cumplido el plazo”.
8. El Oficio Nro. PR-DAR-2022-0139-O de 29 de agosto de 2022, mediante el cual la
Dirección de Asuntos Regulatorios de la Presidencia de la República señala que “En atención
al oficio No. INEN-INEN-2022-0722-OF de 05 de agosto de 2022, mediante el cual el
Servicio Ecuatoriano de Normalización remite a la Dirección de Asuntos Regulatorios de la
Secretaría General de la Presidencia de la República el requerimiento de pronunciamiento
para la reforma de la Modificatoria 6 al Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 136
(1R) “Motocicletas”, indico lo siguiente: Tomando como base el informe técnico No.
DRE-2022-070 de 26 de mayo de 2022 emitido por el INEN, el cual incluye la exposición
normativa, análisis técnico, conclusiones y recomendaciones, en las que justifican la
necesidad de reformar la modificatoria 6 del reglamento técnico en mención, con la finalidad
de ampliar plazos de cumplimiento, y una vez que se ha realizado la revisión de toda la
información remitida, se evidencia que la reforma de la modificatoria 6 del reglamento es
necesaria para garantizar el cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad, y dado que se
enmarca en el objeto principal del proceso de la política de mejora regulatoria y la
implementación de las buenas prácticas, se emite el pronunciamiento favorable sobre la
reforma propuesta por el Servicio Ecuatoriano de Normalización, sin que se realice un
análisis de impacto regulatorio, de conformidad a las atribuciones otorgadas a la Presidencia
de la República en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en el
Decreto Ejecutivo No. 1204 de diciembre de 2020, en el Decreto Ejecutivo No. 68 de junio de
2/9
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR