Resoluciones. MPCEIP-SCIT-2022-0138-R Establécese el registro y los requisitos que deben cumplir las empresas recicladoras, importadoras y productoras de plásticos de un solo uso para incorporar material reciclado post consumo en su composición

Número de Boletín68
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 68
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Martes 24 de mayo de 2022
Resolución Nro. MPCEIP-SCIT-2022-0138-R
Quito, 26 de abril de 2022
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL Y TERRITORIAL
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República, determina "Reconoce el derecho de la población a vivir
en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak
kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la
biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la
recuperación de los espacios degradados";
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de la República, establece: Son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos “Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible";
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, señala: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, determina: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el numeral 1 del artículo 7 de la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites, publicada en el
Registro Oficial Suplemento Nro. 353 el 23 de octubre de 2018, determina: “Los trámites deberán estar creados
en una ley, en un decreto ejecutivo o en una ordenanza y deberán tener relación directa con el servicio o fin que
atiendan. Excepcionalmente, se podrán crear nuevos trámites sin observar lo dispuesto en el inciso anterior
cuando se sustente en una nueva competencia otorgada a una entidad en virtud de una ley”;
Que, el artículo 30, numeral 15 de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, publicada en
el Registro Oficial Nro. 111 31 de diciembre de 2019, establece un Impuesto de Consumo Especial (ICE) a las
fundas plásticas tipo acarreo o camiseta el cual establece que la base imponible será el número de fundas
plásticas tipo acarreo o camiseta que el consumidor requiera al establecimiento de comercio, para cargar o
llevar los productos vendidos por el mismo”;
Que, el numeral 12 y 13 del artículo 31 de la Ley Orgánica ibidem, señala que estarán exentos del impuesto a
los consumos especiales: 12. Las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agroindustrial, de
exportación para productos congelados y aquellas que contengan como mínimo la adición del cincuenta por
ciento (50%) de materia prima reciclada post consumo según la definición de la norma técnica emitida por el
ente rector respectivo y siempre que cuenten con la certificación del organismo público competente; y, 13)
Fundas plásticas utilizadas como empaques primarios”;
Que, el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de Un
Solo Uso, publicada en el Registro Oficial Suplemento Nro. 354 de 21 de diciembre de 2020, establece:
“Corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional el control de cumplimiento del Plan Nacional de Reducción
de Residuos Plásticos y las disposiciones de esta Ley a nivel nacional, para lo cual deberá contar con los
recursos necesarios para cumplir con este fin. El ente rector de la Producción ejercerá un control del
porcentaje de material reciclado incorporado en los productos fabricados e importados que son regulados por
la presente Ley;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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