Acuerdos. MPCEIP-SRP-2020-0001-A Autorícese a la Sra. Rosa Herminia Vélez Mero, el ejercicio de la actividad pesquera en la fase extractiva de peces pelágicos grandes, con arte de pesca palangre y a su comercialización en el mercado interno

Número de Boletín149
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Miércoles 26 de febrero de 2020 – 9Registro O cial Nº 149
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Nro. MPCEIP-SRP-2020-0001-A
Sr. Abg. Alejandro Jose Moya Delgado
SUBSECRETARIO DE RECURSOS PESQUEROS
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador señala “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, El artículo 1 de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero
señala “Los recursos bioacuáticos existentes en el mar
territorial, en las aguas marítimas interiores, en los ríos,
en los lagos o canales naturales y arti ciales, son bienes
nacionales cuyo racional aprovechamiento será regulado
y controlado por el Estado de acuerdo con sus intereses”;
Que, El artículo 18 de la Ley de Pesca y Desarrollo
Pesquero señala “Para ejercer la actividad pesquera en
cualquiera de sus fases se requiere estar expresamente
autorizado por el Ministerio del ramo y sujetarse a las
disposiciones de esta Ley, de sus reglamentos y de las
demás leyes, en cuanto fueren aplicables”;
Que, El artículo 21 de la Ley de Pesca y Desarrollo
Pesquero señala “La pesca puede ser: a) Artesanal, cuando
la realizan pescadores independientes u organizados
en cooperativas o asociaciones, que hacen de la pesca
su medio habitual de vida o la destinan a su consumo
doméstico, utilizando artes manuales menores y pequeñas
embarcaciones”.
Que, El artículo 1.2 del Reglamento a la Ley de Pesca y
Desarrollo Pesquero señala “Pesca artesanal es aquella
actividad que se realiza de manera personal, directa,
habitual, manual o con uso de un recolector manual y con
un arte de pesca selectiva, con o sin el empleo de una
embarcación. Los pescadores artesanales se clasi can en
recolectores, costeros y oceánicos”.
Que, El Acuerdo Ministerial No. 407 del 12 de octubre
del 2011señala en el artículo 1 “De nir como embarcación
pesquera Palangrera nodriza (balandras y barcos), a la
unidad de pesca que remolca hasta 10 embarcaciones
artesanales palangreras ( bra de vidrio) a zonas de
pesca lejanas, y que su propósito es pescar, abastecer
de agua, combustible, víveres, carnada y otros insumos
de pesca y a su vez almacenar la pesca capturada de las
embarcaciones pesqueras artesanales en sus bodegas”.
Y el artículo 4 del citado acuerdo señala “Para realizar
la actividad pesquera, las embarcaciones Nodrizas
Palangreras, deben contar con el Acuerdo Ministerial
que faculta su actividad, otorgado por la Subsecretaría
de Recursos Pesqueros. Así mismo, obtener/renovar
anualmente los permisos de pesca correspondientes
otorgados por la Autoridad Pesquera”.
Que, el Código Orgánico Administrativo en su Artículo
98 establece "Acto Administrativo. - Acto Administrativo
es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en
ejercicio de la función administrativa que produce efectos
jurídicos individuales o generales, siempre que se agote
con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por
cualquier medio documental, físico o digital y quedará
constancia en el expediente administrativo".
Que, el Código Orgánico Administrativo en su Artículo 99
establece "Requisitos de validez del acto administrativo.
- Son Requisitos de validez: 1.-Competencia 2.-Objeto
3.-Voluntad 4.-Procedimiento 5.-Motivación".
Que, el Código Orgánico Administrativo COA señala en su
artículo 103.- Causas de extinción del acto administrativo.
- El acto administrativo se extingue por: "1.-Razones de
legitimidad, cuando se declara su nulidad; 2.-Revocatoria,
en los casos previstos en este Código";
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 559 publicado
en el Registro O cial Suplemento No. 387, dispone:
Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio
Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el
Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y
el Ministerio de Acuacultura y Pesca”;
Que, el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 559, señala que:
Una vez concluido el proceso de fusión por absorción,
todas las competencias, atribuciones, funciones,
representaciones y delegaciones constantes en leyes,
decretos, reglamentos y demás normativa vigente que le
correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad,
al Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones
Extranjeras; y, al Ministerio de Acuacultura y Pesca,
serán asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 074, publicado en
el Registro O cial No. 84 del 15 de mayo del 2007, el
Ministro de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura,
delegó al Subsecretario de Recursos Pesqueros, entre
otras atribuciones la de expedir las normas, acuerdos, y
resoluciones relacionados con la dirección y control de la
actividad pesquera en el país;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MPCEIP-
DMPCEIP-2019-0034, suscrito el 21 de abril de 2019,
el Sr. Mgs. Pablo José Campana Sáenz MINISTRO
DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR,
INVERSIONES Y PESCA, delega al Subsecretario de
Recursos Pesqueros del Viceministerio de Acuacultura
y Pesca el ejercicio de las competencias, funciones,
atribuciones y responsabilidades establecidas legalmente
a la máxima autoridad, para continuar suscribiendo los
actos administrativos normativos y autorizaciones para la
ejecución de la actividad pesquera en sus diversas fases;
para lo cual, se contará con el apoyo de las áreas técnicas

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR