Resoluciones. MTOP-SPTM-2021-0057-R Prorróguese la vigencia y uso de las matrículas para personal marítimo portuario (carnets marítimos portuarios)

Número de Boletín501
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Viernes 23 de julio de 2021Registro Ocial Nº 501
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República
del Ecuador
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Resolución Nro. MTOP-SPTM-2021-0057-R
Guayaquil, 30 de junio de 2021
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador determina: “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer el efectivo goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de nuestra Carta Magna determina: " La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.";
Que, el Decreto Ejecutivo No. 723 del 9 de julio de 2015, en su Art. 2, numeral 1 establece que: “El Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, en
su calidad de Autoridad Portuaria Nacional y del Transporte Acuático, tiene entre sus competencias,
atribuciones y delegaciones, todas las demás establecidas en: la Ley General de Puertos, Ley Nacional de
Puertos y Transporte Acuático, Ley Régimen Administrativo Portuario Nacional, Ley General del Transporte
Administrativo de los Terminales Petroleros, Código de Policía Marítima y el Reglamento a la Actividad
Marítima”;
Que, mediante Resolución Nro. MTOP-SPTM-2021-0022-R, del 30 de marzo de 2021, se dispuso que “Todos
los trámites regulados y controlados por la Autoridad Portuaria Nacional y del Transporte Acuático detallados
a continuación, que generen la emisión de documentos habilitantes, quedarán prorrogados hasta el 30 de junio
del 2021: Matrículas de Armador. Matrículas de Agencia Naviera. Autorizaciones a Centros de Capacitación
Marítimo – Portuario. Carnet Marítimo Portuario. Autorización de Rutas, Horarios e Itinerarios”.
Que, el COE Nacional, en sesión permanente del miércoles 16 de junio de 2021, por unanimidad de los
miembros plenos, resolvió: 1. Extender la vigencia de modalidad teletrabajo en las instituciones del ejecutivo
central y desconcentrado, hasta el 30 de junio de 2021. De conformidad a las necesidades institucionales,
deberán acogerse a la modalidad de teletrabajo en todas aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita. Es
de responsabilidad de las máximas autoridades de cada institución asegurar la atención y prestación de servicios
públicos con el objeto de evitar paralizaciones o suspensiones;
Que, con memorando Nro. MTOP-DTMF-2021-316-ME del 28 de junio del 2021, la Dirección de Transporte
remite el Informe Técnico Nro. DTMF-INF-006- 2021, a fin de prorrogar las vigencias de los carnets marítimos
portuarios emitidos por la Dirección de Transporte Marítimo y Fluvial hasta el 31 de diciembre del 2021; a fin
de evitar aglomeraciones para los trámites por primera vez y renovaciones;
En ejercicio de las facultades legales y constitucionales, la suscrita Subsecretaria de Puertos y Transporte
Marítimo y Fluvial,
RESUELVE:
Art. 1.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia y uso de las matrículas para personal marítimo
portuario (carnets marítimos portuarios) , que caducaron desde el 01 de enero del 2020, así como las que
caducaron durante y después del estado de excepción por motivo de la pandemia COVID-19, a fin de no afectar
la atención ciudadana y las operaciones de transporte marítimo fluvial así como portuario a nivel nacional.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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