Resoluciones. MTOP-SPTM-2023-0001-R Expídense las directrices para regular el tipo y la cantidad de tiras de amarre para empleo de maniobras en el terminal petrolero de La Libertad

Número de Boletín237
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Miércoles 25 de enero de 2023Registro Ocial - Cuarto Suplemento Nº 237
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República
del Ecuador
Ministerio de Transporte y Obras Púb licas
Dirección: Av. Del Bombero y Leopoldo Carrera, Edif. Grace, 1er. Piso.
Código postal: 090902 / Guayaquil - Ecuador
Teléfono: 593-4-2592080 - www.obraspublicas.gob.ec
Resolución Nro. MTOP-SPTM-2023-0001-R
Guayaquil, 10 de enero de 2023
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
LA SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y
FLUVIAL
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República en su artículo 82 establece que: "El derecho a la
seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y a la existencia de
normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes";
Que, el artículo 1 de la Ley de Régimen Administrativo de Terminales Petroleros
publicada en el Registro Oficial 288 de 04 de marzo de 1977, establece que los
Terminales Petroleros serán considerados como puertos especiales y contarán para el
cumplimiento de sus funciones como Superintendencias organizadas, entidades portuarias
de derecho público con personería jurídica, patrimonio y fondos propios y sujetos a la
Ley General de Puertos, Ley de Régimen Administrativo Portuario Nacional, en lo que no
se opongan a la presente Ley, y al reglamento expedido por la Dirección de la Marina
Mercante y del Litoral;
Que, el Decreto Ejecutivo 723 de fecha 09 de julio de 2015, en el artículo 1 estipula: “El
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos y
Transporte Marítimo y Fluvial, tendrá a su cargo la rectoría, planificación, regulación y
control técnico del sistema de transporte marítimo, fluvial y de puertos”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 006-2019 del 01 de marzo del 2019, se emite la
Reforma al Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, que incorpora a las Superintendencias de los Terminales Petroleros de La
Libertad, Balao y El Salitral, en calidad de procesos desconcentrados de la institución;
Que, mediante Resolución Nro. MTOP-SPTM-2018-0023-R, del 19 de marzo de 2018,
publicado en el Registro Oficial No. 465 del 28 de mayo de 2018, se aprobó el
Reglamento de Operaciones, Seguridad, Protección y Control de Contaminación para el
Terminal Petrolero de La Libertad y el Terminal Gasero de Monteverde aplicable al
Tráfico Internacional y de Cabotaje y la Matriz de Seguridad para el Ingreso , Atraque y
Desatraque, Amarre y Desamarre, Abarloamiento y Desabarloamiento de Naves que
Operan en la Jurisdicción de la Superintendencia del Terminal Petrolero de La Libertad;
Que, en el Capítulo II.7 SISTEMAS DE AMARRE, en sus numerales II.7.1, II.7.2, II.7.3
y II.7.4, establecen la cantidad de tiras de amarre a emplearse en los diferentes
terminales;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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