NAC-DGERCGC21-00000022 Expídense los crite-rios para considerar a sujetos pasivos como grandes contribuyentes para fines tributarios
Número de Boletín | 442 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
Jueves 29 de abril de 2021 Cuarto Suplemento Nº 442 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000022
LA DIRECTORA GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
CONSIDERANDO:
Que el artículo 83 de la Cons titución de la República de l Ecuador establece que s on
deberes y responsabilidades de lo s habitantes del Ecuador, acatar y cumpl ir con la
Constitución, la ley y las decisiones l egítimas de autor idad competente, coo perar con el
Estado y la comunidad y pagar los tributos es tablecidos por la ley;
Que el artículo 226 de la Constitución de la R epública del Ecuador señala que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las perso nas que actúen en virtud de una p otestad estatal ej ercerán solamente
las competencias y facul tades que les sean atribuidas en la Cons titución y la ley;
Que en apego a las mejores práctic as internacionale s que buscan asegurar e incr ementar
el potencial recaudatorio con un enfoque hacia los grandes contribuyentes, en la
Administración Tribu taria de Ecuador s e considera necesari a la creación de la Direc ción
de Grandes Contribuyentes;
Que mediante Resolución N ro. NAC-DGERCGC21-00000008, publicada en el Tercer
Suplemento del Registro Oficial Nro. 388 de 9 de febrero de 2021, el Servicio de Rentas
Internas expidió la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Servicio de Rentas Internas, b ajo el cual se creó la Dirección
de Grandes Contribuyentes;
Que el primer inciso de la Dispo sición General Segund a de la Resolución ibíd em,
establece que la Dirección d e Grandes Contribuyentes tendrá su sede en la ciudad de
Quito D. M., y contará con jurisdicción n acional para la gestió n tributaria del seg mento
de Grandes Contribuyentes, conf orme las definiciones que emita la Administración
Tributaria para el efecto ;
Que la Disposición Tr ansitoria Tercera de la Resolución ibíd em establece que term inada
la implementación d e la estructura orgán ica reformada segú n el referido acto normativo
administrativo, las D irecciones Nacionales de Planificación y Gestión Estratégica y de
Talento Humano, o l as que hicieren sus veces, median te acto administr ativo declararán
concluida la implemen tación;
Que la referida implementación se encuentra en su f ase final, con lo cual regirá la nueva
estructura a partir del 01 de mayo de 2021, ante lo cual resulta necesario que el Servicio
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