Resoluciones. NAC-DGERCGC22-00000042 Expídense las normas que regulan la emisión de liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios por parte de las entidades del sector público en la contratación de servicios de carácter excepcional
Número de Boletín | 157 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
Segundo Suplemento Nº 157 - Registro Ocial
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Martes 27 de septiembre de 2022
RESOLUCIÓN NRO. NAC-DGERCGC22-00000042
EL DIRECTOR GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
CONSIDERANDO:
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que el artículo 300 de la Constitución de la Repúblicadel Ecuador, señala que el régimen
tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad
administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria;
Que el artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador establece que son deberes
y responsabilidades de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la Constitución, la
ley y las decisiones legítimas de autoridad competente, cooperar con el Estado y la
comunidad en la seguridad social y pagar los tributos establecidos por ley;
Que conforme lo dispone el artículo 73 del Código Tributario, la actuación de la
Administración Tributaria deberá desarrollarse con arreglo a los principios de
simplificación, celeridad y eficacia;
trabajarán de manera coordinada, complementaria y prestándose auxilio mutuo. Acordarán
mecanismos de coordinación para la gestión de sus competencias y el uso eficiente de los
recursos;
Que el literal c del artículo 1 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y
Documentos Complementarios establece que son comprobantes de venta las liquidaciones
de compra de bienes y prestación de servicios;
Que el literal c del artículo 13 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y
Documentos Complementarios dispone que las liquidaciones de compras de bienes y
prestación de servicios se emitirán y entregarán por los sujetos pasivos, en las adquisiciones
de bienes muebles y de servicios a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, ni
inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), que por su nivel cultural o
rusticidad no se encuentren en posibilidad de emitir comprobantes de venta;
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