Resoluciones. NAC-DGERCGC22-00000048 Refórmese la Resolución Nro. NAC–DGERCGC16–00000383

Número de Boletín163
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Miércoles 5 de octubre de 2022Registro Ocial - Suplemento Nº 163
13
Resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000048
La Dirección General del Servicio de Rentas Internas
Considerando:
Que el artículo 226 de la Constitución dela República prevé que las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, los servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República determina que la
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
Que mediante Ley Nro. 41, publicada en el Registro Oficial Nro. 206 de 02 de
diciembre de 1997, se creó al Servicio de Rentas Internas como una entidad técnica y
autónoma, con personalidad jurídica de derecho público, patrimonio y fondos propios,
jurisdicción nacional y sede principal en la ciudad de Quito;
Que al Director General del Servicio de Rentas Internas le compete dirigir, organizar,
coordinar y controlar la gestión institucional, de conformidad con el numeral 3 del
Que el artículo 8 de la Leyde Creación del Servicio de Rentas Internas, faculta al
Director General expedir las resoluciones de carácter general y obligatorio, necesarias
para la aplicación de las normas legales y reglamentarias;
Que los órganos administrativos pueden delegar el ejercicio de sus competencias a
otros órganos jerárquicamente dependientes de la misma administración pública,
previa publicación en los medios de difusión institucionales, conforme al numeral 1
Que los órganos administrativos de la Administración Pública Central e Institucional
pueden delegar sus atribuciones propias a funcionarios de menor jerarquía, conforme
al artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR